"Hasta el fin del estado de alarma"

Hay pacto sobre los ERTEs: CEOE, UGT y CCOO acuerdan alargarlos al 30 de junio

CEOE y sindicatos acuerdan prolongar los ERTEs hasta el 30 de junio
CEOE y sindicatos acuerdan prolongar los ERTEs hasta el 30 de junio
Europa Press

Habemus acuerdo sobre los ERTEs. La patronal CEOE y los indicatos UGT y CCOO se han reunido este viernes a las 9:00 horas con la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, para tratar los nuevos plazos de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo. En el marco de este encuentro, el  Comité Ejecutivo de la CEOE ha dado su visto bueno al preacuerdo alcanzado con el Gobierno en la noche de ayer para extender los expedientes hasta el 30 de junio.

También ha dado luz verde UGT, que había convocado a su Consejo Confederal para discutir el preacuerdo a las 9.00 horas de esta mañana, y CCOO, que celebró reunión de su Comisión Ejecutiva a las 11.00 horas. De este modo, tras el visto bueno de los agentes sociales, es previsible que el texto consensuado se aprueba en el Consejo de Ministros extraordinario de este viernes, en el que está prevista además la comparecencia de la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz.

El Gobierno alcanzó a última hora de ayer un principio de acuerdo con los agentes sociales en el marco del diálogo social para alargar los ERTEs hasta el 30 de junio, aunque el Ejecutivo se reserva el derecho a prorrogar este plazo si persisten restricciones de actividad por razones sanitarias llegada esa fecha.

En concreto, contempla extender hasta el 30 de junio de este año los ERTEs de fuerza mayor derivados del Covid-19, ya sea por fuerza mayor total (sin reinicio de la actividad) o parcial (recuperación de una parte de la actividad). En este último caso, se señala que, a la hora de reincorporar trabajadores a la actividad, se primarán los ajustes vía reducción de jornada. El texto, al que ha tenido acceso Europa Press, establece que no podrán acogerse a ERTEs de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en paraísos fiscales.

Además, se precisa que las empresas que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante el ejercicio fiscal correspondiente a la aplicación del ERTE, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas. No obstante, esta limitación no será aplicable a las empresas que, 29 de febrero de este año, contaran con menos de 50 trabajadores.

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