Ajustes en la retención

Cómo afecta un ERTE en la declaración de la Renta 2021: así deberías indicarlo

Con motivo del impacto económico de la pandemia, son muchos los trabajadores afectados por un expediente de regulación de empleo temporal y que tendrán que revisar su IRPF.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de Freepik.

Este mismo lunes 21 de febrero el Gobierno anunciaba una nueva prórroga de un mes del actual esquema de ERTE pandémicos para favorecer el tránsito a las nuevas herramientas que incorpora la recién aprobada reforma laboral. Las reuniones mantenidas entre el Ministerio de Trabajo y los interlocutores sociales han determinado que los ERTE estarán vigentes hasta el próximo 31 de marzo, a excepción de los originados por la explosión del volcán en la Isla de la Palma, que en principio se extienden hasta el 30 de junio con posibilidad de ampliación si fuera necesario.

A lo largo de enero, los datos del paro ofrecidos por el ministerio indicaban que las personas afectadas por los ERTE volvían a subir, desde los 102.548 que había a finales de diciembre hasta los 105.043 notificados a 31 de enero. Por otro lado, se reducían quienes estaban en ERTE por causas no relacionadas con la pandemia, desde 20.124 hasta 11.778 personas.

Aquellos trabajadores que se encuentren en dicha situación deben tener en cuenta que en la próxima declaración de la Renta, que comienza el 6 de abril, tendrán que estar atentos y solicitar a sus empresas los ajustes en la retención correspondientes para evitar sustos. Al igual que ocurrió el año anterior, los contribuyentes tendrán que rendir cuentas con Hacienda si han pasado por un ERTE.

Retenciones del IRPF

No todas las personas están obligadas a presentar la Renta este año, ya que es necesario que el contribuyente haya ingresado más de 22.000 euros de un solo pagador a lo largo del 2021. Ahora bien, cuando cuentan con dos o más pagadores –sería el caso de un empleador y del SEPE–, ese límite se reduce a 14.000 euros si el importe percibido por el segundo y restantes pagadores supera los 1.500 euros.

Este segundo requisito, como decíamos, es precisamente el que afecta a los trabajadores en situación de ERTE, ya que el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), que se encarga de abonar las cuantías correspondientes, contaría como un segundo pagador. Por este motivo, los técnicos de Hacienda recomiendan a los afectados pedir al SEPE que retenga el IRPF o solicitar a sus propias empresas que realicen determinados ajustes y apliquen una mayor retención para evitar sobresaltos en la próxima declaración de la Renta.

Asimismo, cabe destacar que el SEPE no tiene obligación de retener cuando las cuantías que ha abonado durante el año no superan los 14.000 euros, aunque el contribuyente puede solicitar en su momento que se le retenga o se le aplique un porcentaje mayor de retención, más ajustado a la tributación efectiva que debe soportar en función del global de sus ingresos en el ejercicio.

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