Cambios en el retiro forzoso

Escrivá aprovecha la renovación de 200 convenios y eleva la jubilación a 68 años

Empresas y administraciones siguen obligando a jubilarse a sus trabajadores a la edad legal para rejuvenecer plantillas y ahorrar costes. Hasta 13 acuerdos vuelven a recoger la polémica cláusula en 2021

Jubilados se movilizan
Uno de los objetivos es que la jubilación sea a los 67 y no a 64,6 años como ahora.
EFE

Hace casi dos años y medio, el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, reactivaba el mecanismo, que su antecesor Mariano Rajoy eliminó de un plumazo en julio de 2012, que permitía incorporar en los convenios colectivos (que según el plan del Ejecutivo en 2027 contemplarán los 68 años como edad obligatoria de jubilación) cláusulas de retiro obligatorio o forzoso a la edad legal -en 2021 a los 65 años con 37 años y tres meses cotizados y a los 66, con menos-, con el fin de rejuvenecer las plantillas y ahorrar costes de personal, ya que las nuevas incorporaciones resultan más baratas, por la falta de experiencia, y no acumulan décadas de antigüedad.

Para ello el trabajador debe haber el alcanzado la edad ordinaria que permita el acceso a la pensión de jubilación en cada momento y tener derecho al 100% de esta prestación contributiva. Además, tanto la empresa como los sindicatos deben vincular los retiros a objetivos de empleo, tales como la transformación de contratos temporales en indefinidos, la contratación de nuevos trabajadores -incluso dos por uno-, el relevo generacional y medidas que fomenten la productividad o la calidad.

Pero la iniciativa de Sánchez, con la que se encuentran muy satisfechos, por diferentes razones, empresarios, sindicatos y la mayoría de los trabajadores afectados, choca ahora frontalmente con el objetivo del ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, de poner coto a los retiros prematuros y de apoyar a los asalariados y autónomos que quieran seguir trabajando más allá de los 65 ó los 67 previstos para 2027, si no han cotizado los años suficientes.

Protagonistas en grandes empresas

Tras la decisión de Sánchez a finales de 2018 de volver a poner en marcha las cláusulas de jubilación forzosa, un buen número de los acuerdos que se negociaron al año siguiente empezaron a incluirla y a día de hoy está presente en más de 200 firmados entre el 1 de enero de 2019 y el 1 de abril de 2021, lo que supone menos de uno de cada diez de los suscritos, pero que protagonizan los convenio de grandes administraciones, grandes empresas y de los sectores más importantes. El Gobierno contempla que estas cláusulas podrán seguir siendo aplicadas mientras esté vigente el texto y si se incorporaron de acuerdo a la normativa actual. Está previsto que en 2027 todos estos convenios contemplen los 68 años como edad obligatoria de jubilación. 

El ejemplo a seguir es el francés, según la Seguridad Social, que no aplica las cláusulas hasta los 68 años y además contempla políticas activas para incentivar la permanencia en el mercado laboral de los mayores. En España el retorno de los trabajadores senior al mercado laboral resulta muy complicado, ya que se encuentran con el freno de las empresas para su contratación, pese a su experiencia, lo que hace que muchos se pasen los últimos años antes del retiro en el desempleo o cobrando el subsidio de 452 euros previsto para los que dejen de recibir el paro y como ayuda hasta la jubilación.

Un derecho, no una obligación

La jubilación obligatoria o forzosa, está presente de una forma muy similar en los convenios colectivos de sectores más representativos como el de la construcción -que ocupa a 1,5 millones de trabajadores-, el del metal -que da empleo a 200.000 personas-, el de artes gráficas y también se incluye en el de los registradores de la propiedad, el de la banca y en de cajas y entidades financieras de ahorros.

Pero además están recogidas en los acuerdos colectivos de las grandes compañías como Telefónica, Red Eléctrica, Mahou, Orange, Repsol, Endesa, Enagás, Ilunion o RTVE, en el del sindicato Unión General de Trabajadores (UGT) o en los de pequeñas y medianas empresas, como Bolsas y Mercados o Logista. Muchas administraciones públicas lo contemplan para sus empleados, que en ocasiones se enfrentan a su 'contratador', incluso en los tribunales, porque quieren trabajar más allá de los 65 años. En Baleares se está denegando a los profesores esta opción y aseguran que es para ahorra en el pago de nóminas elevadas, pero la consecuencia es que el desembolso lo tendrá que hacerlo la Seguridad Social a través de la pensión.

Según los datos del Ministerio de Trabajo y Economía Social, hasta 13 empresas y administraciones de las 210 que han pactado sus convenios colectivos -en todos los ámbitos- durante el presente año han incluido cláusulas de jubilación obligatoria. Entre estas están Centrales Nucleares Almaraz-Trillo, el Málaga Club de Fútbol, la empresa de limpieza viaria de Madrid -que estará en vigor hasta 2025-, Grupo Iberdrola y el de las empresas de seguridad, entre otros. El año pasado apenas se 795 y el año en que la reactivación de las cláusulas de retiro forzoso se firmaron 1.703.

Según la Encuesta de Población Activa (EPA), en el primer trimestre del año había un total de 266.900 ocupados con más de 65 años, menos del 1,5% del total, un dato que deja testimonio del poco interés que existe en trabajar después de la edad, pese a las penalizaciones que existen si se adelanta el retiro. Un porcentaje cercano al 50% son autónomos, en busca de más años de cotización y eludiendo con el trabajo de más años unas pensiones bajas consecuencia de las cotizaciones mínimas, que son mayoritarias en el colectivo.

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