Fiscalidad

Estoy en ERTE, ¿cómo me afecta en la declaración de la Renta de 2022?

Las empresas pueden aplicar la suspensión temporal del contrato de trabajo de su plantilla o la reducción de la jornada según diferentes causas. 

¿Habrá que declarar el cheque de 200 euros a Hacienda?
Declaración de la Renta 2022
Europa Press

España cerró el año 2022 con casi 17.700 trabajadores en ERTE (Expediente de Regulación Temporal de Empleo), según los últimos datos publicados por la Seguridad Social, lo que afecta directamente a la Declaración de la Renta correspondiente al ejercicio del año pasado. Justo en este sentido, el Expediente de Regulación Temporal de Empleo se trata de un mecanismo al que las empresas pueden recurrir por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción o por fuerza mayor -durante la pandemia de Covid-19 fue muy utilizado-.

Las empresas pueden aplicar la suspensión temporal del contrato de trabajo de sus trabajadores o la reducción de la jornada de las personas trabajadoras, es decir, afecta al salario de los empleados y, por tanto, a los ingresos por los que tendrá que tributar en la declaración de la Renta del año en que se aplicó. Este año -a partir del mes de abril- se realizará la declaración de la Renta de 2022. 

De cara a Hacienda existe una distinción según cuál sea la opción adoptada por la empresa. En caso de un ERTE a jornada completa, los empleados recibirán la prestación íntegramente del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). Por el contrario, si la empresa aplica a sus trabajadores una reducción de jornada, la empresa seguirá pagando una parte de su salario, pero otra es responsabilidad del SEPE.

Uno o dos pagadores en la declaración de la Renta 2022

El ministerio que dirige María Jesús Montero considera al SEPE un pagador más. De esta manera, una de las consecuencias para los trabajadores en ERTE parcial es que ya pasan a tener dos pagadores y se reduce el límite que obliga a presentar la declaración de la Renta.

En concreto, este año la Agencia Tributaria exigirá entregarla a todos los contribuyentes que hayan obtenido por encima de 15.000 euros de dos o más pagadores. No obstante, la ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) establece que el límite será de 22.000 euros, cuando el contribuyente no haya recibido del segundo y resto de pagadores –por orden de cuantía- más de 1.500 euros anuales en conjunto.

Retenciones aplicadas

Por otra parte, hay que tener en cuenta las retenciones aplicadas, que es clave para determinar el resultado de la declaración de la Renta. Se trata de un trámite para ajustar la tributación del IRPF que le corresponde a cada contribuyente. Los pagadores aplican una retención según las condiciones personales y familiares del trabajador y esta retención se ajusta se ajusta con la declaración según las deducciones y reducciones que reconoce Hacienda.

El resultado de la declaración puede ser mayor, menor o igual que todas las retenciones aplicadas a los ingresos obtenidos por el contribuyente a lo largo del año por el que se tributa. Según cuál sea la diferencia, la declaración saldrá a pagar, a devolver o sin cambios para el contribuyente.

Según explica el SEPE, en las prestaciones por desempleo se aplica retención del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF) porque son consideradas como una renta sujeta a tributación según la legislación fiscal. No obstante, en algunos casos la retención puede ser cero porque el importe previsto no alcanza el mínimo obligatorio.

En concreto, desde el Servicio Público de Empleo Estatal explican que "por la propia dinámica del abono de prestaciones en períodos de suspensión de relaciones laborales por procedimiento de regulación temporal de empleo, es poco probable la retención a cuenta en concepto de IRPF, si los importes previstos de prestación no alcanzan el mínimo obligatorio exigido por las normas tributarias para la aplicación de aquella”.

Aun así, si el trabajador lo considera, puede solicitar la retención o que se eleve el porcentaje retenido a cuenta del IRPF. El tipo de retención varía según el importe total que vaya a recibir en concepto de prestaciones de desempleo previsto para el año natural y según las circunstancias personales y familiares.

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