La Eurocámara aprueba las nuevas reglas para dar más transparencia a índices de referencia como el Euríbor

EUROPA PRESS

Estos índices de referencia marcan el tipo medio de interés al que se prestan dinero entre sí un determinado número de entidades financieras y se utilizan como referencia para los préstamos hipotecarios. El índice en el que están referenciadas la mayoría de las hipotecas en España es el Euríbor a doce meses.

La nueva legislación establece tres categorías de índices, que quedan sujetos a diferentes regímenes de supervisión en función del grado de influencia que tienen sobre la estabilidad en los mercados financieros.

Así, los denominados 'críticos' afectan a instrumentos financieros y contratos por un valor medio de al menos 500.000 millones de euros. También se consideran críticos si un índice tiene pocos o ningún sustituto adecuado y si, en caso de interrumpirse su publicación, generaría un efecto negativo y adverso sobre la estabilidad de los mercados.

Por otro lado, lo llamados 'significativos' están ligados a instrumentos y productos financieros cuyo valor medio supera los 50.000 millones de euros, mientras que los 'no significativos' son aquellos que no reúnen las características de la anterior categoría.

Además, bajo las nuevas normas, todos los administradores de índices re referencia tendrán que estar registrados o contar con una autorización de la autoridad competente, incluso si solo ofrecen índices 'no significativos'. Asimismo, tendrán que publicar una declaración definiendo con precisión el objeto del índice, su metodología de cálculo y sus procedimientos.

Los administradores de índices 'críticos' tendrán que contar con una estructura organizativa clara para evitar conflictos de intereses y estarán sujetos a sistemas de control. Por su parte, los responsables de índices 'no significativos' estarán exentos de ciertos requisitos pero deberán informar inmediatamente a las autoridades si el índice rebasa el umbral de los 50.000 millones de euros en los productos vinculados.

El reglamento con las nuevas normas debe ser formalmente aprobado por los Estados miembros. Una vez se complete esta fase, entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de la UE.

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