Fomento indemnizará a un motorista por no poner protección en una carretera

  • La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Fomento a indemnizar con 89.449 euros a un motorista que sufrió una lesión medular en un accidente, ya que sabiendo que la vía era utilizada por los aficionados a las motos para prácticas de velocidad no protegió suficientemente la carretera.

Madrid, 13 mar.- La Audiencia Nacional ha condenado al Ministerio de Fomento a indemnizar con 89.449 euros a un motorista que sufrió una lesión medular en un accidente, ya que sabiendo que la vía era utilizada por los aficionados a las motos para prácticas de velocidad no protegió suficientemente la carretera.

Así lo ha establecido la sección octava de la sala de lo contencioso-administrativo de este tribunal en una sentencia hecha pública hoy en la que estima parcialmente el recurso contra la decisión de la Secretaría Técnica de Fomento, que desestimó la reclamación de un millón de euros del motorista a la Administración por las lesiones y secuelas sufridas.

El accidente ocurrió sobre las 14:30 horas del 14 de octubre de 2007 en la N-403, a la altura del puerto de La Paramera en la localidad abulense de El Barraco, y, según, el motorista, su salida de la vía se produjo al perder el control de su motocicleta debido a la existencia de tierra y gravilla en la calzada y a que el peralte de la carretera era incorrecto.

Además, el recurrente culpaba también del siniestro al hecho de que no hubiera protección en el soporte de la barrera de seguridad y a la falta de doble barrera en la bionda -conocido como guardarraíl-.

El tribunal, sin embargo, no considera probado que en la carretera hubiera arena y gravilla, basándose en el atestado de la Guardia Civil, que reflejó que el firme se encontraba "pavimentado" y "en buen estado de conservación y rodadura" y que estaba "limpio, seco y carente de sustancias deslizantes".

Los agentes también dejaron constancia en su informe de que en la calzada no había "ningún obstáculo" que hubiera obligado al conductor a realizar una "maniobra evasiva", recuerda la sala, que tampoco acepta el argumento de que existan defectos en el peralte de la curva en la que se salió el motorista.

"Este tribunal llega a la conclusión de que, en efecto, la causa de la salida de la vía por el recurrente residió en un exceso de velocidad por su parte", sostiene el tribunal, que hace hincapié en que en el lugar del siniestro existían señalizaciones verticales que indicaban la peligrosidad de la curva y otras que advertían de otras curvas peligrosas durante un kilómetro.

Por tanto, consideran los magistrados, el conductor "debió moderar su velocidad al llegar a aquella zona y adaptarla a las condiciones de la vía" con curvas peligrosas, de modo que al no hacerlo -circulaba a la velocidad máxima permitida de 90 kilómetros por hora- sufrió el accidente.

Según la sala, el uso "lúdico o deportivo" de la calzada, con una especial, consciente y, a veces, hasta reiterada búsqueda de puntos en los que hay mayor riesgo (curvas), coloca al usuario "en una posición distinta o cualificada, en la que habrá de hacer frente, también de modo especialmente intenso, a las consecuencias que para sí mismo pueden derivarse de aquel riesgo conscientemente asumido".

Después de precisar que ni se ha alegado ni acreditado pasividad de la Administración o una ausencia de esfuerzo inversor contraria a los "estándares de rendimiento medio de los servicios públicos", la Audiencia Nacional considera no obstante que concurre un "leve factor de imputación del daño al servicio".

"Y es que si, pese a todo, la Administración conocía el uso frecuente de la vía por los aficionados al motociclismo, y por ende, las situaciones de riesgo creadas, bien pudo en este concreto lugar haber desplegado una diligencia especial en orden a proteger aquellos lugares de la vía, dotando de protección (o doble bionda) a los postes de sujeción", concluye la sentencia.

La sala señala que Fomento "debe responder de los daños producidos en un diez por ciento", mientras que el resto deberá sufragarlo el seguro que tenía contratado el motorista.

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