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Formulario electrónico para solicitar la ayuda de 200 € en la Agencia Tributaria

Desde este martes, 15 de febrero, todos los beneficiarios podrán solicitar a través de la página web de la Agencia Tributaria la nueva ayuda de 200 euros para personas con bajos ingresos y patrimonio.

¿Cuándo se puede solicitar el cheque de 200 euros y cuáles son los requisitos?
Formulario electrónico para solicitar la ayuda de 200 € en la Agencia Tributaria
©[Naked King] via Getty Images

Hoy, martes 15 de febrero, se ha abierto el plazo para solicitar online el nuevo cheque de 200 euros para las personas con bajos ingresos y patrimonio. Esta ayuda nació como respuesta al alza de los precios en la cesta de la compra ocasionados el impacto de la guerra en Ucrania en la economía y la inflación.

Recordemos que el Gobierno incluyó esta prestación en su sexto paquete de medidas anticrisis para hacer frente a la situación económica del país. Se ha previsto una partida de 1.200 millones de euros y que prevén llegar a 4,2 millones de hogares, que se abonarán mediante transferencia bancaria por parte de la Agencia Tributaria.

Para poder realizar la solicitud es necesario cumplir con una serie de requisitos, entre los que se incluyen tener residencia habitual en España o no superar los 27.000 euros íntegros de rentas, sin descontar gastos ni retenciones, y 75.000 euros de patrimonio a 31 de diciembre de 2022, descontando la vivienda habitual. 

Asimismo, la Agencia Tributaria ha habilitado a disposición de todos los posibles beneficiarios el formulario online con el que se podrá solicitar esta nueva ayuda de pago único de  200 euros, que estará disponible hasta el próximo 31 de marzo.

El cheque de 200 euros: disponible en la sede electrónica de la Agencia Tributaria

Cómo solicitar la ayuda de 200 euros

Para poder efectuar la solicitud de la ayuda tendrá que completarse el través formulario electrónico disponible en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT). 

Como advierten, para poder presentarlo es necesario disponer de Cl@ve, certificado electrónico o DNI electrónico, aunque también puede presentarlo un tercero por apoderamiento o colaboración social.

Una vez tenga acceso tendrá que cumplimentar los datos identificativos y de las personas convivientes, así como el domicilio, un teléfono de contacto y el número de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda de 200 euros. No es obligatorio consignar el NIF de menores de 14 años que no dispongan del mismo.

En este caso no será necesario aportar ninguna documentación adicional, desde la Seguridad Social y otros organismos públicos remitirán a la AEAT la información necesaria para verificar el cumplimiento de los requisitos necesarios para solicitar la ayuda.

Con el objetivo de incentivar la solicitud para quienes no estén dados de alta en el sistema Cl@ve, ni cuenten con certificado electrónico, pone a disposición de la ciudadanía una vía rápida para realizar este trámite por la que solo es necesario aportar los datos del DNI y un número de teléfono móvil.

Cómo modificar el formulario o cancelarlo

Si el solicitante desea cambiar algún dato del formulario inicialmente presentado, debe dar de baja la solicitud y presentarlo de nuevo con toda la información correctamente cumplimentada.

Para acceder a dichas gestiones será necesario identificarse con los métodos habituales ya mencionados o por apoderamiento. Eso sí, debemos tener en cuenta no se podrá dar de baja una solicitud cuando ya se ha ordenado la correspondiente devolución.

Plazos y requisitos clave de la ayuda de 200€

Como hemos comentado anteriormente, para poder acceder a esta prestación es necesario unos requisitos de residencia y rentas mínimas. Para el cálculo se tendrán en cuenta la suma de las rentas y el patrimonio de las siguientes personas que convivan en el mismo domicilio: beneficiario; cónyuge; pareja de hecho inscrita en el registro de uniones de hecho; descendientes menores de 25 años, o con discapacidad, con rentas que no excedan de 8.000 euros (excluidas las exentas); y ascendientes hasta segundo grado por línea directa.

Adicionalmente, también es esencial que los solicitantes se encuentren dados de alta en la Seguridad Social o mutualidad, tanto por cuenta propia como ajena o sean beneficiarios de alguna prestación o subsidio por desempleo. Quedarán excluidos aquellos que perciban el Ingreso Mínimo Vital o una pensión abonada por el Régimen General, los Regímenes especiales de la Seguridad Social o de Clases Pasivas del Estado.

El plazo para solicitar este cheque de 200 euros, especialmente enfocado en la alimentación, finalizará el 31 de marzo de 2023. El pago único se realizará por transferencia bancaria en un plazo máximo de tres meses desde la resolución.

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