Gestores administrativos recomiendan revisar el borrador de la renta para prevenir una tributación desfavorable


El borrador de la declaración de la renta que realiza la Agencia Tributaria contiene hasta once carencias en las que el contribuyente puede dejar de percibir deduccciones o reducciones fiscales, según un comunicado del Consejo General de Colegios de Gestores Administrativos de España, que apostilla que confirmarlo sin más puede ser "aventurado".
Por ello, antes de llevar a cabo la delaración de la renta, han recomendado revisar "en profundidad" un borrador cuyas carencias son, en la mayoría de los casos señalados, por falta de información con la que el contribuyente puede acceder a deducciones, retribuciones o excenciones.
En primer lugar, el borrador no siempre tiene en cuenta cuál es la mejor opción de tributación para un sujeto pasivo introduciendo datos individuales, ya que en algunos casos es posible que la tributación conjunta en la unidad familiar sea más ventajosa.
En lo que se refiere al parentesco, tampoco se reflejan anualidades por alimentos satisfechas a los hijos ni a las pensiones compensatorias al cónyuje.
En los rendimientos del trabajo no se contemplan las cuotas realizadas a sindicatos, colegios profesionales así como gastos en defensa jurídica.
Tampoco se tienen en cuenta la reducción del 40% en el caso de que se obtengan rendimientos del trabajo generados en más de dos años así como en el caso de seguros de vida, entre otros casos.
Cuando se trata de actividades agrarias, el borrador, según esta organización, recoge el rendimiento, pero al no saber de qué tipo de producto se trata, no puede aplicar los coeficientes reductores correspondientes así como las deducciones aplicables según la actividad.
Asimismo, en el caso de que el sujeto realice alguna actividad económica, el borrador no recoge los rendimientos obtenido por la misma, ya sea en estimación directa, simplificada o en módulos. Un caso similar sucede con las ventas de algún activo financiero, ya que los datos fiscales reflejan el precio de la venta pero no asi el benefio o pérdida obtenido por la misma.
CARENCIAS EN VIVIENDA
Además, los Gestores Administrativos explican que el borrador de la Agencia Tributaria no refleja las deducciones a las que el sujeto pasivo puede tener derecho, como por ejemplo, la deducción por discapacidad, por alquilar una vivienda o por deducciones autonómicas.
En el caso de la deduccción por vivienda habitual, sí recoge el pago de la mensual de la hipoteca pero no los pagos iniciales a notario, impuestos, cuotas del seguro hipotecario o facturas referentes a obras de reforma o mejora.
La información de los inmuebles es, en muchas ocasiones, errónea, ya que la información catastral no está siempre actualizada, según informan los Gestores Administrativos.
En el caso de arrendamientos, solo vienen reflejados aquellos sometidos a retención, y siempre que el inquilino haya ingresado la misma.
Por otra parte, y relativo a la venta de inmuebles, viene reflejado el importe de la venta, pero no los coeficientes de actualización de los valores así como la exención del beneficio obtenido por reinversión, en el caso de la vivienda habitual.

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