Para investigar los delitos graves 

Moncloa aprueba un anteproyecto de ley para acceder a información financiera

El texto será sometido al trámite de audiencia e información pública y se solicitarán informes preceptivos a los ministerios. 

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Imagen de wirestock en Freepik.

El Gobierno ha aprobado este martes en Consejo de Ministros el anteproyecto de ley orgánica que regula el acceso a información financiera y de otro tipo para la investigación y el enjuiciamiento de delitos graves. Se trata de un anteproyecto de ley orgánica para incorporar a la legislación española la directiva 2019/1153 del Parlamento Europeo que establece las normas para facilitar el uso de información financiera y de otro tipo para la persecución de delitos y amplía el acceso de las autoridades competentes a los registros centralizados de cuentas bancarias y de pagos cuando sea indispensable una investigación penal.

El texto -que recoge Efe- elaborado por el Ministerio del Interior, regula el "acceso directo e inmediato" a los datos de los registros centralizados de cuentas bancarias y de pagos, denominado Fichero de Titularidades Financieras. Y establece medidas destinadas a facilitar el acceso a la información financiera y a los análisis financieros de las Unidades de Inteligencia Financiera (UIF), que en España le corresponde al Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias (SEPBLAC) del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital.

"En ambos casos, el acceso a los datos financieros se realizará exclusivamente en el marco de la prevención, detección, investigación o enjuiciamiento de delitos graves, y con pleno respeto a los derechos fundamentales y a la legislación de protección de datos personales", informa el Gobierno en la referencia del Consejo de Ministros.

Las autoridades competentes para consultar el citado fichero serán el Ministerio Fiscal, las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, las policías autonómicas con competencias para la investigación de delitos graves, la Oficina de Recuperación y Gestión de Activos del Ministerio de Justicia, y la Dirección Adjunta de Vigilancia Aduanera de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

Podrán solicitar acceder a los informes de las UIF los jueces y tribunales del orden jurisdiccional penal, la Fiscalía, la Agencia Estatal de Administración Tributaria y la Comisión de Vigilancia de Actividades de Financiación del Terrorismo.

El texto será sometido al trámite de audiencia e información pública y se solicitarán informes preceptivos a los ministerios de Hacienda; Asuntos Económicos y Transformación Digital; Política Territorial y Función Pública; Justicia; Defensa; así como a la Oficina de Coordinación y Calidad Normativa, al Consejo General del Poder Judicial, al Consejo Fiscal, a la Agencia Española de Protección de Datos y al Consejo de Estado. 

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