El Gobierno ha aprobado este martes una modificación del Concierto Económico Vasco, que incluye la concertación del impuesto del IVA OSS, el impuesto de transacciones financieras, denominado 'tasa Tobin' o el impuesto sobre determinados servicios digitales, conocido como 'tasa Google', que pasarán a recaudar las Haciendas vascas. De esta forma, el Consejo de Ministros, en su reunión de este martes, ha materializado el acuerdo suscrito en la Comisión Mixta del Concierto Económico -CMCE- el pasado 30 de julio. Previsiblemente, el anteproyecto de Ley se votará en diciembre en el Congreso de los Diputados.
La CMCE dio luz verde en julio a la concertación de las tres figuras impositivas que estaban pendientes, que son los impuestos sobre Transacciones Financieras, Servicios Digitales y los nuevos regímenes de ventanilla única del IVA (OSS) y que pasarán a recaudar las tres diputaciones vascas.
En aquel encuentro también se acordaron las tasas de referencia de déficit y deuda para 2022 del Gobierno Vasco y las diputaciones forales de Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, y se renovó la Junta Arbitral del Concierto Económico, órgano en el que se dirimen los conflictos que puedan surgir entre administraciones, en cuanto a los puntos de conexión del Concierto Económico.
En concreto, tal y como se determinó en la Comisión Mixta, la modificación adoptada hoy permitirá concertar el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales y el Impuesto de Transacciones Financieras, así como los regímenes especiales del IVA del comercio electrónico transfronterizo, que suponen la modernización y simplificación de este gravamen.
Ambas figuras se incorporan al Concierto con País Vasco como tributos concertados de normativa estatal, de modo que la exigencia del pago del impuesto por parte de las Diputaciones Forales se producirá aplicando las mismas normas sustantivas y formales establecidas por el Estado a nivel general. En las dos figuras tributarias los sujetos pasivos tributarán a las diputaciones forales, a la Administración del Estado o a ambas Administraciones.
Lo harán en proporción al volumen de operaciones sujetas al impuesto realizado en cada territorio durante el período de liquidación en el caso del Impuesto sobre Transacciones Financieras, o al volumen de prestaciones de servicios digitales realizado en cada territorio, en el Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales.
Respecto a la competencia inspectora, se asigna en función del domicilio fiscal del contribuyente. El vigente Concierto Económico con País Vasco, aprobado por Ley 12/2002, prevé que en el caso de que se produzca una reforma en el ordenamiento jurídico tributario del Estado que afecte a la concertación de los tributos, se registre una alteración en la distribución de las competencias normativas o se creen nuevas figuras tributarias, se deberá adaptar, de común acuerdo, el propio Concierto. La última vez que esto ocurrió fue en 2017.
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