Tras la sentencia del Tribunal Constitucional

El Gobierno da orden de anular cientos de miles de multas del estado de alarma

Delegaciones y subdelegaciones del Gobierno empiezan a revocar de forma masiva los procedimientos abiertos y a anular las multas impuestas que no se hayan pagado hasta la fecha. 

Varios guardias civiles registran un vehículo en el punto kilométrico 19 de la A6 a su paso por la capital para regular el flujo del tráfico y si todos aquellos desplazamientos están justificados, porque de no ser así, cualquiera puede enfrentarse a multas por saltarse el confinamiento, durante una Semana Santa atípica en la que prosigue el estado de alarma decretado por el Gobierno para la lucha contra el coronavirus, en Madrid (España) a 8 de abril de 2020. 08 ABRIL 2020;GUARDIA CIVIL;CONTROL POLICIAL;EPIDEMIA;CORONAVIRUS;VIRUS;SEMANA SANTA Eduardo Parra / Europa Press (Foto de ARCHIVO) 8/4/2020
Un agente de la Guardia Civil inspecciona un vehículo durante el estado de alarma.
Europa Press

Delegaciones y subdelegaciones del Gobierno han empezado a poner en marcha en sus respectivos territorios procedimientos masivos para revocar los expendientes administrativos sancionadores aún abiertos y anular las sanciones establecidas en los mismos a los ciudadanos que se saltaron las restricciones impuestas por el Ejecutivo en el transcurso del primer estado de alarma, que se prolongó entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020 y durante el cual se dictaron una serie de restricciones a la movilidad que el Tribunal Constitucional declaró contrarias al espíritu de la Carta Magna el pasado mes de julio.

La resolución del Constitucional vino a tumbar los apartados 1, 3 y 5 del artículo 7 del Real Decreto, que impusieron restricciones a la libertad de circulación de las personas en el primer estado de alarma. En concreto, estos apartados establecieron, por una parte, que "las personas únicamente podrán circular por las vías o espacios de uso público" para una serie de actividades muy delimitadas, como la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, la asistencia a centros sanitarios, los desplazamientos al lugar de trabajo o la asistencia a cuidado de mayores, menores y dependiente; por otra, que la circulación de vehículos particulares por las vías públicas se limitaría a la realización de las actividades referidas o el repostaje en gasolineras; y, por último, que el Ministerio de Sanidad podría dictar medidas de contención justificadas por razones de salud pública en lugares públicos, establecimientos comerciales, culturales y de hostelería,

La aplicación de estas normas, instada desde el Ministerio del Interior, justificó la imposición durante el primer estado de alarma de 1,14 millones de multas por un importe agregado de 115 millones de euros, según los datos oficiales proporcionados por el propio Ministerio. Sin embargo, hasta el pasado mes de mayo las autoridades apenas habían dado trámite a un 20% de todas esas actuaciones sancionadoras, lo que desencadenó todo tipo de estrategias por parte de las autoridades para impedir la prescripción de cerca de un millón de multas. Luego vino la resolución del Tribunal Constitucional y el panorama cambió por completo.

Con cerca de un millón de sanciones administrativas en el aire, despachos especializados en procedimientos colectivos como Legalitas o Arriaga iniciaron campañas para reclamar la revocación de las actuaciones o la devolución de las sanciones ya impuestas ante la falta de respuestas que aportaran más certidumbre por parte de la Administración. Ésta no ha llegado hasta hace unos días. El Ministerio de Política Territorial ha circulado una instrucción a las delegaciones y las subdelegaciones del Gobierno instándolas a tomar las medidas necesarias para revocar los procedimientos administrativos abiertos y suspender la aplicación de las sanciones que aún estén en trámite, y que se cuentan por cientos de miles según reconocen fuentes gubernamentales.

La maniobra se produce tres meses después de la resolución del Tribunal Constitucional a pesar de que desde algunos ámbitos del Gobierno se había solicitado ya una actuación rápida al respecto para impedir una avalancha de reclamaciones administrativas por parte de los afectados ante la evidencia del respaldo a sus intereses de la sentencia del Tribunal Constitucional. En los últimos días el Boletín Oficial del Estado muestra un constante goteo de resoluciones de delegaciones y subdelegaciones del Gobierno revocando actuaciones y anulando sanciones.

El problema de los que ya han pagado

La activación de esta avalancha de revocaciones por parte del Gobierno no va a impedir cierto ruido jurídico, particulamente por la situación en que van a quedar los ciudadanos que decidieron o se vieron obligados a pagar sus multas y que ahora podrían tener dificultades para reclamar su devolución. La falta de efectos patrimoniales del fallo del Constitucional sobre el estado de alarma supone que las reclamaciones sobre daños y perjuicios que pudieran establecerse ahora se quedan sin efecto. Es decir, que todos aquellos afectados por las medidas del Gobierno no podrán basarse en esta sentencia para pedir cuentas ahora al Estado. Solo cabe reclamación de las multas y sanciones impuestas en aquellos casos en los que no se hayan ratificado por una sentencia firme o haya expirado el plazo legal para hacerlo, que son una parte pequeña de las 1,14 millones de multas impuestas.

Juega en su contra el llamado 'principio de conservación de los actos procesales' que, en principio, impide revocar las actuaciones administrativas que tengan un carácter firme y cuya aplicación podría en este caso cerrar las puertas a las reclamaciones de los afectados.

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