UGT se muestra decepcionado

El Gobierno paraliza el destope al despido pese a la cruzada de Díaz

El sindicato denuncia que el Ejecutivo y las patronales se han mostrado conformes con la ley actual en las alegaciones presentadas a la reclamación de UGT en la que denuncia que no se protege el despido injusto.

Yolanda Díaz
El Gobierno paraliza el destope al despido pese a la cruzada de Díaz. 
EUROPA PRESS

La Unión General de Trabajadores (UGT) ha hecho públicas este viernes las alegaciones presentadas por el Gobierno y las patronales -nacionales y europeas- a la reclamación presentada por el sindicato ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, en la que denunciaban que la legislación española no cumple con lo estipulado en la Carta Social Europea. El secretario general de UGT, Pepe Álvarez y el vicesecretario de política sindical, Fernando Luján han afirmado sentirse sorprendidos de haber encontrado puntos coincidentes en las posturas manifestadas por el Ejecutivo y los empresarios. "Reconocemos que nos han causado muchísima decepción, no esperábamos que el gobierno hiciera una defensa torpe del mantenimiento del sistema de respuesta ante los despidos improcedentes que está vigente", ha afirmado el segundo.

Frente a las declaraciones que ha venido haciendo en las últimas semanas la ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, la alegación presentada por el gobierno de coalición ante el Consejo se muestra conforme con la normativa en materia de despido improcedente. El Gobierno, según denuncia el sindicato, defiende en el escrito que la indemnización de 33 días recogida en la reforma laboral de 2012 que impulsó el Gobierno de Mariano Rajoy es suficiente para resultar disuasoria. Aunque, el texto consultado por La Información no pronuncia estas palabras y en ningún momento se posiciona respecto a la posibilidad de recuperar los 45 días establecidos antes de la modificación que llevó a cabo el PP. 

Si bien, en las conclusiones finales de la alegación se refleja que "a juicio del Gobierno de España, el sistema español, frente a lo sostenido por la entidad reclamante (UGT) resulta compatible con el artículo 24 de la Carta Social Europea", tras resumir las bondades de tener una indemnización fijada. El Ejecutivo recuerda a la entidad europea que este método de cálculo, basado en factores automáticos (salario y antigüedad) "viene aplicándose desde más de hace 40 años", concretamente desde 1980, cuando se aprobó el Estatuto de los Trabajadores. Y además, animan al Comité a tener en cuenta este aspecto "de manera muy particular", dado que, a diferencia de otros estados, España no ha cambiado su método desde entonces. 

El Gobierno defiende la indemnización tasada

El documento, firmado por la Abogacía del Estado, también expresa que la decisión de haber establecido entonces un sistema de indemnización legalmente tasada buscaba favorecer al trabajador. En concreto, señala que esta vía es la adecuada por "exonerar al trabajador (...) de la carga de acreditar los daños efectivos que tal decisión ha supuesto" y porque el sistema ofrece "certidumbre y seguridad" por la que tanto el trabajador como el empresario pueden "conocer de antemano cuáles son las consecuencias que derivan de una extinción de la relación laboral adoptada por el empresario cuando no concurre en causa que lo justifique".

Esto contrasta de manera frontal con las palabras pronunciadas por la responsable de la cartera en sede parlamentaria en las que denunciaba que las empresas pudiesen anticipar el coste de los despidos "ilegales" o injustificados e incluir estas bajas en su planificación de cuentas anual. Sin embargo, según apuntó el jueves el secretario de Empleo, Joaquín Reyes, en una rueda de prensa, en esta ocasión el organismo responsable de emitir la respuesta al Comité habría sido el Ministerio de Justicia de Pilar Llop y así se refleja en el sello de la alegación. 

Más adelante, el escrito pasa a hacer referencia a la evidencia teórica y empírica que "observa que los costes del despido afectan directamente a las decisiones de contratación de los empresarios", dado que los empresarios "deben tomar expectativas racionales sobre las variables que afectan a la contratación y al despido". Además, la Abogacía del Estado hace uso de este argumento para tirar por tierra la otra demanda del sindicato, que en la línea de lo planteado por Yolanda Díaz y algunas formaciones de izquierdas en el Congreso, aboga por tener en cuenta la casuística personal del trabajador despido a la hora de calcular cuál debe ser la indemnización que este perciba. 

No a tener en cuenta la situación personal del trabajador

Así, el Gobierno explica que de tener en cuenta estos factores subjetivos (edad, sexo, situación familiar, formación o ausencia de esta), la indemnización sería mayor en el caso de pertenecer a colectivos vulnerables y que, por tanto, afectaría a las decisiones de contratación de las empresas que optarían por "contratar preferentemente a colectivos que no tuvieran asociados esos mayores costes". Para UGT el hecho de reconocer que se cuenta con un patrón estipulado y que no se entren a valorar otros factores supone una admisión implícita de que en España no se cumple con la Carta Social Europea, según han sostenido este viernes en rueda de prensa. 

Asimismo, critican que la postura del Ejecutivo reproche que el cúmulo de casos que el sindicato incluye como "despido improcedente" no casen con la categorización española, que en los casos en los que se den circunstancias de especial gravedad se corresponderían con un despido nulo. UGT ha valorado la posición del Gobierno como contradictoria con su propia línea de trabajo y ha criticado durante que el Ejecutivo "mienta" y asegure en el escrito que los despidos fueron abordados dentro de la reforma laboral de 2021, cuando fueron intencionalmente dejados de lado por la cartera. 

Gobierno y patronal presentan jurisprudencia contradictoria

Por su parte, los empresarios comunitarios y españoles consideran apropiada la indemnización en caso de que no se pueda justificar la causa del despido. Además, reconocen que si el trabajador estima que hay más daños podría alegarlos de forma expresa ante un juez que tendría la posibilidad de reconocérselos. Sin embargo, el sindicato tacha esto de "falacia" y sostiene que los casos de despedidos por covid evidencian que el Tribunal Supremo cerró esa vía "hace décadas". En consencuencia, el sindicato afirma que Gobierno y patronal se desmienten mutuamente con la jurisprudencia presentada y que en ambos casos se choca con la doctrina del CEDS que exige que la ley permita "de forma expresa y generalizada" una indemnización que compense los daños reales y tenga un efecto suficientemente disuasorio.

Pendientes de la decisión final

Las alegaciones hechas públicas este viernes responden a la reclamación presentada por UGT en marzo por considerar que el despido no estaba efectivamente protegido en España. El Gobierno pidió una ampliación del plazo para presentar su respuesta -tenían hasta el 31 de enero inicialmente-, mientras que las patronales si alegaron el tiempo. Ahora se inicia un nuevo periodo hasta el 14 de abril para que el sindicato presente sus alegaciones a las respuestas presentadas al Comité por parte del Ejecutivo y de los empresarios. 

CCOO también ha presentado un escrito ante el mismo organismo sobre el despido improcedente, sin embargo, desde UGT creen que las reclamaciones se van a resolver de forma separada, por lo que será la de la Unión General de Trabajadores la que marque la doctrina española. Luján estima que la resolución definitiva podría llegar en el último mes de diciembre o a comienzos del 2024, por lo que, previsiblemente, será el gobierno que resulte de las próximas elecciones generales el encargado de trasponer la decisión a la legislación del país. 

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