Limitación de los contratos a tres años

Las CCAA se sublevan contra la medida estrella de Iceta para bajar los interinos

Gobiernos autonómicos de todo signo advierten al ministro de las consecuencias irreparables sobre la prestación de los servicios públicos de limitar la duración de este tipo de contratos en este momento.

Miquel Iceta
El ministro de Función Pública y Política Territorial, Miguel Iceta.
Europa Press

"Será una catástrofe. Habrá servicios públicos esenciales como la Sanidad y la Educación que ni siquiera se van a poder prestar". La solución planteada por el ministro de Política Territorial y Función Pública, Miquel Iceta, de limitar a tres años la duración de los contratos del personal interino al servicio de la Administración para resolver el problema de gestión laboral pero también judicial creado por la acumulación de bolsas de cientos de miles de trabajadores con este tipo de relación laboral en el ámbito del sector público ha desencadenado una contestación casi unánime de las comunidades autónomas, que ya han trasladado al ministro que se trata de una medida que las conduciría a un callejón sin salida.

La medida, adelantada por La Información, fue anunciada por el ministro durante una comparecencia en el Senado el pasado 22 de abril dentro de un 'pack regulatorio' con el que aspira a resolver en los próximos tres años la situación de los más de 300.000 interinos al servicio de la Administración que ocupan puestos de naturaleza estructura que deberían estar ocupados por funcionarios de carrera en la misma e implantar a la vez un nuevo marco legal que impida que vuelvan a generarse bolsas de interinos, como las que arrastra ahora mismo la Administración Pública española y que nos han granjeado en primer término una serie de tirones de orejas de las autoridades europeas y al final una sentencia condenatoria del Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

El plan de Iceta pasa a corto plazo por acelerar las ofertas de consolidación y estabilización de interinos pendientes para convocarlas antes de final de año y lograr así a corto plazo resultados tangibles en la reducción de la elevada tasa de temporalidad del sector público, que ronda el 28%; y a medio y largo plazo por crear un sistema que impida la perpetuación de interinos en las plantillas de la Administración. Su medida estrella para lograrlo es la modificación del artículo 10 del Estatuto Básico del Empleado Público para limitar a un periodo máximo de tres años el periodo durante el cual una Administración puede cubrir un puesto vacante con un interino y regular que si transcurrido ese periodo ese vacante no se ha sacado a concurso la Administración incumplidora no pueda ocuparla durante un año entero.

Entre las comunidades autónomas, las hay que no ven del todo con malos ojos esa propuesta de limitar la duración máximo de los contratos de interinidad en la Administración - del mismo modo que ya sucede en el ámbito privado- , y las hay también que la rechazan de plano, pero en lo que coinciden la mayoría es en que esa limitación será imposible de cumplir si no se acompaña de la derogación de la tasa de reposición de vacantes, el instrumento que ha marcado la gestión de personal de las Administraciones Públicas durante la última década y sobre cuyo futuro el Ministerio de Iceta aún no se ha pronunciado. 

"La tasa de reposición de vacantes limita de forma muy estricta nuestras posibilidades de incorporar nuevo personal funcionario. Si además de esta restricción se nos impide cubrir fuera nuestras necesidades de personal con interinos, directamente habrá servicios que no se podrán prestar", advierte un responsable de Recursos Humanos de un gobierno regional. El lamento se repite incluso en las comunidades autónomas que ven con buenos ojos poner coto a la utilización de interinos para cubrir sus necesidades de personal. "Nosotros apoyamos la medida, pero si no nos quitan la tasa de reposición de vacantes no la vamos a poder cumplir", advierten desde la consejería de función pública de una autonomía gobernada por el PSOE.

A grandes rasgos lo que hace la tasa de reposición de vacantes es ajustar las entradas a las salidas, de modo que sólo se puede convocar una plaza de empleo público en la medida en que haya una persona que la haya abandonado. Hasta 2017 la regla era aún más estricta y solo permitía cubrir tres de cada cuatro vacantes, si bien desde entonces en algunos departamentos especialmente exigidos se ha permitido reponer once o doce plazas por cada diez vacantes. Los sindicatos señalan este instrumento como la causa principal del desplome de las plantillas públicas durante la crisis y de hecho pusieron por delante su eliminación en la negociación abierta con el Ministerio, sin que hasta la fecha éste haya contestado a su petición.

Lío con los procesos de estabilización

A la espera de ver en qué punto acaba esta negociación, que como se subraya desde el Ministerio aún está abierta, por lo que nada es todavía firme, las administraciones públicas se afanan en acelerar las llamadas ofertas de estabilización de empleo temporal para cubrir los puestos que durante años han estado ocupados por personal interino por la vía de la oposición o del concurso-oposición. En virtud del acuerdo alcanzado en su día por el Gobierno con los sindicatos mayoritarios de la función pública, estos procesos - que al fin y al cabo sacan a concurso plazas que han estado ocupadas por interinos por periodos que en algunos casos llegan a superar las dos décadas - son abiertos y garantizan la libre concurrencia que debe presidir cualquier convocatoria de empleo público, si bien también reconocen de forma relevante la experiencia acumulada en el puesto por las personas que lo han estado ocupando durante un periodo prolongado de tiempo. 

Se trataba, al cabo, de buscar un equilibrio entre el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad que presiden la captación de personal de la Administración y los 'derechos tácitos adquiridos' por personas que han ocupado esos puestos durante años. El proceso no está siendo pacífico. Los interinos con oposición pero sin plaza fija reclaman la 'fijeza' automática de su situación sin necesidad de concurrir a una oposición, que ya aprobaron en su día aunque no obtuvieran la plaza. Un esquema que no se termina de ver desde los sindicatos porque entienden que dribla el respeto a los principios de igualdad, mérito y capacidad antes mencionados.

El pulso ha dejado varios episodios en los tribunales por resoluciones de diferente signo, que no han permitido terminar de aclarar el asunto. La situación ha llegado a tal punto que la presidenta de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha convocado un pleno para el próximo 22 de junio al objeto de unificar el criterio de los jueces a la hora de aplicar la sentencia del TJUE, que deberá aclarar entre otras cosas cómo se debe aplicar a la situación de los interinos con oposición aprobada y una hoja de servicios de varios años en el puesto.

Por si fuera poco el ministro Iceta ha venido a enredar un poquito más la situación con unas declaraciones realizadas en su comparecencia en el Senado del pasado 22 de abril en las que avanzaba la intención del Gobierno del Estado de no incluir en su oferta de empleo público para 2021 ninguna plaza ocupada por interinos y de recomendar al resto de administraciones públicas que hicieran lo propio. Fuentes de varios gobiernos autonómicos consultadas por La Información admiten que las palabras del ministro han desencadenado una avalancha de actas de requerimiento de organizaciones representativas de colectivos de interinos para paralizar de inmediato las convocatorias de empleo público que hayan sacado al mercado plazas ocupadas en la actualidad por personal en situación de interinidad.

Se apoyan para ello en las declaraciones realizadas en el Senado por el ministro sobre su intención de seguir esa premisa en las ofertas de empleo público del Estado. Fuentes del área de Función Pública de las comunidades autónomas aseguran que estos envíos han generado una situación de inseguridad jurídica en las convocatorias de empleo público de las comunidades autónomas, que han trasladado al Ministerio y que ha animado a varias de ellas a reclamar al departamento de Iceta algún tipo de aclaración al efecto de subrayar que el Ministerio no tiene competencias para forzar a ninguna otra administración a seguir ese principio en sus ofertas de empleo.

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