La letra pequeña de reforma estrella del Gobierno

El 'hachazo' del tipo mínimo no tocará al 80% de los incentivos de Sociedades

Las deducciones cuya aplicación se suspenderá si la cuota se sitúa por debajo del 15% de la base imponible implican un ahorro de unos mil millones sobre los 5.674 millones que las empresas se ahorran en ayudas

María Jesús Montero
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, con el libro amarillo de los PGE.
Agencia EFE

"Es más un ajuste que una reforma del impuesto", advirtió la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, en la presentación del proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2022 en referencia a la regulación del tipo mínimo de tributación del 15% en el Impuesto de Sociedades por el que tanto ha peleado la facción gubernamental de Unidas Podemos. Un ajuste de entidad si se atiene al objetivo recaudatorio marcado por el Gobierno, que espera obtener 400 millones de euros de algo más de un millar de empresas cuando la medida se aplique de forma efectiva - ya en 2023- , pero menor si se atiende al consenso de los fiscalistas que coinciden en señalar esta estimación como excesivamente optimista.

La redacción de la medida en el proyecto legislativo ha venido a confirmar la impresión de los expertos. En primer lugar porque excluye de manera explícita del perímetro de deducciones susceptibles de ser recortadas si la cuota del impuesto cae por debajo del 15% a la deducción por doble imposición, probablemente la más relevante en términos de cuantía del impuesto. en segundo lugar porque las desgravaciones cuya aplicación puede desactivarse para impedir que la cuota fiscal caiga por debajo de esa barrera del 15% suponen un ahorro total para las empresas de poco más de 1.000 millones de euros en el presupuesto de beneficios fiscales del impuesto...que en 2022 permitirá a las empresas ahorrarse 5.674 millones de euros entre los ajustes, reducciones, deducciones, bonificaciones y tipos reducidos que trufan su normativa y que erosionan su recaudación. A efectos prácticos, por tanto, alrededor del 80% de los beneficios fiscales totales del Impuesto de Sociedades se quedarán al margen de la operativa del tipo mínimo del 15%.

Los expertos consultados coinciden en señalar la exclusión de la deducción por doble imposición del cálculo del tipo mínimo del impuesto, que se explicita en el apartado segundo de la propuesta de redacción del nuevo artículo 30 bis de la Ley del Impuesto sobre Sociedades que dará carta de naturaleza al mínimo de tributación del 15% de aprobarse el proyecto presupuestario, como uno de los elementos más relevantes de la normativa gubernamental. Señalan que sin esa exclusión el universo de empresas afectadas por tipo mínimo de Sociedades se multiplicaría, aunque advierten que también se multiplicaría la litigiosidad por el mismo, ya que podrían en cuestión la operativa de los convenios internacionales para evitar la doble imposición de capitales. 

El resultado de esta exclusión es que las empresas que acrediten un tipo efectivo sobre la base imponible inferior al 15% por la operativa de la deducción por doble imposición no verán 'mutilada' la acción de esta desgravación y podrán cerrar su ejercicio fiscal por debajo de ese supuesto suelo fiscal. Según los análisis realizados por PwC Tax & Legal o el Consejo General de Economistas, tal y como se ha regulado el tipo mínimo sólo actuará cuando el tipo efectivo de una empresa haya caído por debajo de la frontera del 15% por el efecto de alguna de estas deducciones: la deducción por actividades de I+D+i, la deducción por inversiones en producciones cinematográficas, series audiovisuales y espectáculos en vivo, la deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad o la deducción por inversiones realizadas por las autoridades portuarias.

Las estimaciones del Gobierno apuntan a que el tipo mínimo alcanzará a 1.070 empresas. Esa cifra supone solo una cuarta parte del volumen de sociedades que se benefician de la deducción por gastos en I+D+i, según la información incluida por el Ministerio de Hacienda en su proyecto de Presupuestos para 2022. Según esa documentación, el año que viene se beneficiarán de este incentivo fiscal 4.492 empresas, que se desgravarán 891 millones de euros gracias a este incentivo.

El resto de las deducciones afectadas tiene un impacto sensiblemente menor. La deducción por creación de empleo para trabajadores con discapacidad alcanza a 1.313 empresas por un importe agregado de poco más de 15 millones de euros y la de inversiones en producciones cinematográficas afecta a 608, que se ahorran, eso sí, más de 150 millones de euros. Las fuentes consultadas advierten de que la suspensión de esta última deducción sí puede tener cierta relevancia, ya que durante años ha sido aprovechada por grandes empresas para rebajar su factura fiscal a través de su participación en las Agrupaciones de Interés Económico que se han convertido en plataformas clave en la financiación del cine español. 

El Consejo General de Economistas se ha encargado de aclarar, además, que la minoración de las desgravaciones cuando de su aplicación efectiva resulte un tipo efectivo del impuesto inferior al 15% en un ejercicio determinado no significa que el derecho a esas desgravaciones se pierda. "En los casos en que opere la cuota mínima, los saldos pendientes de aplicación se trasladarán a ejercicios futuros", aclara en una nota informativa.

La regulación de la tributación mínima del Impuesto de Sociedades ha dejado también algunos espacios de incertidumbre, como todo lo que se refiere a qué va a ocurrir con la posibilidad legal de percibir en efectivo la parte de las deducciones por I+D o por aportaciones a producciones cinematográficas, series audiovisuales o espectáculos que a una empresa le correspondería desgravarse pero que no puede hacerlo por falta de base o cuota. "Aunque la redacción no es clara, la norma no parece afectar a la posibilidad de solicitar los abonos en efectivo de los importes asociados a estas deducciones cuando no haya cuota sobre la que aplicársela, porque la empresa no tenga beneficios, o no exista base, por tratarse de una sociedad no residente", explica Ignacio Quintana, socio responsable del sector Tecnología en PwC Tax & Legal. "No obstante, sería recomendable que esta circunstancia se aclarara en la fase de tramitación parlamentaria para evitar posibles situaciones de inseguridad jurídica en el futuro", aconseja.

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