Hacienda se lanza a controlar el 'bitcoin' sin armas y con un soporte legal incierto

  • Expertos e inspectores de Hacienda se muestran escépticos sobre la capacidad actual del Fisco para aflorar fraude en los flujos de criptomonedas
Todos contra el Bitcoin: los gobiernos regulan su uso para controlarlo
Todos contra el Bitcoin: los gobiernos regulan su uso para controlarlo

"Se les está escapando una cantidad de dinero brutal y lo saben, pero se van a encontrar el mismo problema que el resto del mundo: existen leyes que podrían aplicarse a las criptomonedas...pero nadie sabe aún cuáles". Pablo Fernández Burgueño, fundador del 'laboratorio blockchain' Nevtrace y experto en criptomonedas, condensa en una sola frase la motivación que ha llevado a la Agencia Tributaria a incluir la tecnología 'blockchain' y el rastreo de fraudes vinculados al bitcoin en su Plan de Control Tributario para 2018 (se puede consultar aquí), y las dificultades que las autoridades tributarias se van a encontrar en su empeño.

En pleno auge global de las criptomonedas, Hacienda ha decidido ampliar el foco de la lucha contra el fraude al 'universo blockchain' y al empleo de criptomonedas como medio de pago con los objetivos declarados de "estudiar su incidencia fiscal" y rastrear su posible vínculo con el tráfico y comercio de bienes ilícitos. Un desafío colosal que apenas merece dos párrafos en las 24 páginas del Plan de Control Tributario para 2018. Según fuentes de la Agencia Tributaria, esta contención responde a una voluntad de prudencia "dado que se trata de investigaciones que pueden verse entorpecidas por un conocimiento público específico del posicionamiento de la Agencia sobre estas prácticas eventualmente irregulares y/o ilícitas". Sí sabemos, no obstante, que este campo de investigación ya se formuló como objetivo en el Plan de Control de 2017, que hay un equipo de profesionales de la Agencia haciendo el seguimiento del asunto y que lo que se persigue es su posible utilización en el campo del blanqueo de capitales.

"En realidad no se sabe muy bien ni qué buscar ni dónde hacerlo", asegura un inspector de Hacienda con más de dos décadas de experiencia en los cuerpos de lucha contra el fraude. "Y es normal. ¿Qué es el bitcoin? ¿Es una divisa? ¿Es un activo financiero? ¿Un activo intangible? Si no sabemos cuál es su naturaleza, determinar su tributación es muy complejo, más allá de lo evidente: que lo que se gane con el bitcoin es una ganancia patrimonial". En su opinión, la primera premisa es determinar qué es; el segundo paso, cómo se regula y quién se debe encargar de esa regulación; y con esa base legal, ya se podría realizar una campaña en condiciones de lucha contra el fraude. "Mientras eso no ocurra no pasa de ser un aviso a navegantes, como pasa con los paraísos fiscales".

Esta última opinión es compartida por los otros tres inspectores de Hacienda, todos ellos con más de veinte años de experiencia, consultados para la elaboración de esta información. Admiten que la Agencia Tributaria está en la obligación de recopilar la mayor cantidad de información disponible sobre un fenómeno que tiene cada vez mayor entidad económica - hasta hay empresas que han comenzado a pagar nóminas en bitcoins-, pero subrayan que la incidencia real del plan será marginal y que pocas actuaciones se podrán hacer mientras no exista una regulación clara del fenómeno de las criptomonedas. "Con todo el asunto regulatorio es menos complicado que la dificultad real que tendrá la Agencia a la hora de conseguir información", asegura uno de ellos.

La operativa en bitcoins es imposible de rastrear. El único momento en que puede detectarse es cuando se materializa en euros y para ello se debería tener información cierta sobre los particulares que están operando con criptomonedas, al margen de que éstos tendrían que operar desde España, lógicamente.

Hasta el momento lo que ha hecho la Agencia Tributaria es exigir información a aquellos contribuyentes de los que sabe a ciencia cierta que operan con criptomonedas. Así lo hizo en noviembre de 2015 cuando ejecutó una oleada de requerimientos de información a un grupo de empresas que cometieron la 'imprudencia' de hacer pública su disposición a admitir bitcoins como medio de pago. Según fuentes jurídicas, Hacienda exigió entonces a estas empresas que, en primer lugar, precisaran en qué tipo de transacciones se habían admitido bitcoins; en segundo lugar, que aportaran el volumen total de operaciones cobradas en criptomonedas; que añadieran un soporte documental de todas ellas; y, en último lugar, que informaran de la moneda en que se sustanció la transacción o de los intermediarios con los cuales se realizó. "En realidad, la Agencia Tributaria depende de la voluntad de colaboración que demuestren los contribuyentes porque no cuenta con las herramientas de fiscalización que le permitan seguir el rastro de esos activos", asegura el fundador de Nevtrace, Pablo Fernández.

Un limbo legal

A día de hoy ha sido el Banco Central Europeo el que ha avanzado la definición más clara de las criptomonedas y la ha construido casi por oposición: está claro que no es dinero, está claro que no es una divisa, luego es... un activo digital. Para la Dirección General de Tributos del Ministerio de Hacienda, sin embargo, a efectos de la regulación legal del juego on line el bitcoin es dinero y como tal se le debe tratar. Diferentes criterios que configuran un caos jurídico que tampoco facilita la acción de la Agencia Tributaria, a la hora de determinar la irregularidad a imputar en orden a abrir un acta fiscal.

Los expertos consultados afirman que la cosa puede empezar a cambiar en cuanto se apruebe la quinta reforma de la Directiva Europea de Prevención del Blanqueo de Capitales, prevista para mediados de este año. El texto prevé incluir como obligados tributarios a "los proveedores de servicios que se dediquen profesionalmente al cambio de monedas virtuales por monedas corrientes o divisas tradicionales", lo que permitirá a las autoridades tributarias europeas exigir la identificación de los participantes en una operación, desentrañar el origen del dinero y obtener información sobre inversores. Para ello, no obstante, habrá que esperar al texto definitivo y, sobre todo, a la aprobación de la directiva.

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