Estado de alarma

El 'virus' llega a Hacienda: qué trámites se ven afectados con el estado de alarma

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El 'virus' llega a Hacienda: qué trámites se ven afectados con el estado de alarma
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

La crisis del coronavirus en nuestro país ha alterado la vida cotidiana de los ciudadanos. Con la entrada en vigor del Real Decreto para el establecimiento del estado de alarma, se han aplicado medidas urgentes con el fin de frenar el impacto del Covid-19.

Uno de los puntos de la norma, aprobada el pasado sábado, era la suspensión de los plazos procesales y administrativos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público como medida para frenar la expansión del coronavirus. Sin embargo, esto no se aplica en el caso de los procedimientos tributarios, que están sujetos a una normativa especial.

Este miércoles conocimos nuevas modificaciones del Real Decreto, en las que sí se contempla la suspensión de los plazos de pago de deudas liquidadas por la Administración y deudas tributarias en apremio con el fin de que los contribuyentes puedan atender requerimientos y formular alegaciones.

Esta modificación afecta a los procedimientos ya iniciados. Se distingue entre ellos los trámites abiertos, con un plazo que se extiende hasta el 30 de abril, y los que se vayan a abrir, donde el periodo de respuesta del contribuyente se extenderá hasta el 20 de mayo, salvo que la norma general otorgue más tiempo.

Por el contrario, no se interrumpen los plazos de declaraciones informativas. Entre ellas están la declaración de bienes en el extranjero (el modelo 720), que afecta a bienes de más de 50.000 euros fuera de España y que tiene de plazo para que los contribuyentes presenten la declaración el próximo 31 de marzo.

Tampoco se ve afectada los plazos de las autoliquidaciones. Con ello, aquellos que deben presentar las próximas declaraciones de IVA de febrero o las del primer trimestre (cuyo plazo termina el 30 de abril) tendrán que hacerlo.

Campaña de la Renta

El Ministerio de Hacienda mantiene en el próximo día 1 de abril el inicio de la Campaña de la Renta y Patrimonio de 2019, que finalizará el 30 de junio, al considerar especialmente importancia preservar las fechas previstas ante la crisis del coronavirus para que los contribuyentes puedan empezar a recibir devoluciones desde el 3 de abril.

Así se desprende de una orden publicada por el Ministerio de Hacienda en el Boletín Oficial del Estado (BOE), por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre el Patrimonio correspondientes al ejercicio 2019.

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