En EEUU sí

¿Puede una mascota ser un heredero? No hay que olvidarlos en el testamento

Los expertos aconsejan que sí es importante incluirlos en las últimas voluntades para seguir protegiéndolos una vez falte el dueño. 

Día Internacional del Gato, gato
Hay gatos en EEUU que se han llevado un buen pellizco de la herencia de sus dueños.
L.I.

Durante la pandemia las notarías están recibiendo un mayor volumen de llamadas de personas interesadas en hacer testamento "por miedo a no tener nada preparado". Las dudas sobre qué se puede hacer o qué no son numerosas. Hoy resolvemos la que plantean los que tienen una mascota a la que quieren como un miembro más de la familia y se plantean si pueden ser herederos.  

La respuesta, en España, es no. Las leyes de nuestro país no recogen que un animal pueda ser beneficiario de toda o una parte de la herencia. Esas noticias que se leen de casos en los que famosos de Estados Unidos u otros países dejan un buen pellizco de sus bienes en herencia a su perro u otra mascota, como la gata de Karl Lagerfeld. Choupette iba a heredar una fortuna de 150 millones de dólares. "Esta situación en España, legalmente hablando, no sería, ni es, posible", según aclaran desde reclamador.es.

Quien tuviera pensado dejar su herencia o parte de ella a su mascota, seguramente se ha preguntado ¿y si hago testamento a favor de mi mascota? Igualmente, no es posible hacer testamento dejando a un animal una determinada cuantía económica o un bien. Sin embargo, puntualizan los expertos, sí es importante hacer testamento si se quiere proteger a la mascota una vez esa persona falte. 

Haciendo testamento, señala la compañía online de servicios legales, es posible nombrar a un heredero para que lo cuide después del fallecimiento de su compañero de vida. Es decir, no se puede dejar la herencia a un perro o cualquier otra mascota, ni haciendo testamento, pero sí se puede incluir a esa mascota en el testamento para que una determinada persona sea quien lo cuide y de cariño cuando el testador falte. Igualmente, en el testamento se puede determinar que el animal de compañía sea llevado a una determinada protectora o asociación tras el fallecimiento de la persona que otorga testamento.

Además, para asegurar una mayor protección del animal, en el testamento se puede determinar que el heredero designado para hacerse cargo de su mascota cuide del animal hasta que este fallezca. En el caso de no dejar realizado testamento o en este no se hace mención de la mascota, serán los herederos quienes decidan el futuro de ese perro, gato -o cualquier otro animal-.

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