
En España existen dos métodos para dejar la herencia a familiares y los dos se enclavan dentro del mismo tributo, el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Para acceder a los bienes heredados a través de Sucesiones, hay que esperar a abrir el testamento del fallecido y pagar la cuota del impuesto establecida en cada comunidad autónoma. En el caso de Donaciones, también hay que pagar unas tasas si se quiere conseguir la herencia en vida, y tanto donante como donatario tendrán que tributar.
Esta duda sobre donaciones, cada vez una opción más recurrente por las familias gracias a las rebajas fiscales que presentan comunidades como Madrid o Andalucía, es común entre los solicitantes y el experto José Trecet la ha resuelto en 'Finect'.
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Un usuario de la web especializada en finanzas personales formuló las siguientes preguntas: "¿Qué fiscalidad tiene, tanto para el donante como para el donatario, si dicha donación se produce en Andalucía? ¿Está exenta de pagar el impuesto? Las plusvalías para el donatario ¿ cuentan a partir del precio que las recibe ?".
Los dos implicados en la donación tendrán que tributar por ella, la diferencia es el impuesto en el que tributan. Por un lado, el donante tiene que pagar en el IRPF por la ganancia patrimonial que haya obtenido "desde que compró esos títulos hasta que donó". Las acciones tributan como en una compra-venta al uso. Por otro lado, el donatario las tributará en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. El valor de lo que recibe será el precio de las acciones el día de la donación.
En Madrid se disparan las donaciones
La Comunidad de Madrid ha llevado a cabo cambios en fiscalidad que han dado lugar a un 'boom' de las donaciones en vida. Si en el primer semestre 2011 se realizaron 6.893 donaciones, en el primero de 2018 hubo un 90% más alcanzando las 13.113, según los datos del Consejo General del Notariado.
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Y es que las donaciones en Madrid 'tienen premio'. Cuando la persona que recibe los bienes es descendiente -hijo o nieto-, cónyuge o ascendiente -padres y abuelos- de primer y segundo grado, tiene derecho a aplicarse una bonificación del 99% de la cuota del impuesto de donaciones, por lo que la cantidad final a pagar es casi simbólica, tal y como ocurre también en Andalucía.

Se elija la opción de Sucesiones o la de Donaciones, es fundamental pagar el impuesto a tiempo para evitar sanciones de hasta el 15% de la cantidad de la herencia.
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