Condiciones especiales

Incompatibilidades con el paro: hijos de autónomos en el negocio familiar

Existen ciertas condiciones para acceder a las subvenciones de desempleo cuando los trabajadores han prestado su ayuda en las empresas de los progenitores, especialmente cuando se trata de convivientes.

Billetes de euro.
Billetes de euro.
Foto de Markus Spiske de Pexels.

Los últimos datos del SEPE indicaban que el número de desempleados disminuyó en 39.012 personas, pero la cifra todavía se sitúa cerca de los 4 millones de parados (barrera a la que no se llegaba desde hacía un lustro). Por su parte, los menores de 25 años siguen liderando las listas aunque ya se alejan del 42% de paro juvenil que registraron en agosto de 2020.

Ante esta situación muchos se han visto obligados a buscar alternativas al mercado laboral como continuar sus estudios superiores, ayudar a sus progenitores en los negocios familiares o acceder a los subsidios disponibles si han cotizado el periodo mínimo. 

El acceso a las prestaciones por desempleo está marcado por ciertos requisitos como son estar dado de alta en la Seguridad Social, no tener empleo pero estar en búsqueda activa o haber cotizado al menos 360 días en los últimos seis años. Adicionalmente, existe una condición especial para quienes trabajan de forma regular en la empresa familiar que podría dejar a los interesados sin el paro.

Aspectos incompatibles

Según la Disposición Adicional 10 del Estatuto del Trabajo Autónomo, los trabajadores por cuenta propia "podrán contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de treinta años aunque estos convivan con el trabajador autónomo y quedando excluida la cobertura por desempleo de los mismos". 

Por tanto, el caso más habitual se da cuando los descendientes que trabajan como asalariados en la compañía de los padres y continúan viviendo con en la unidad familiar. En estas situaciones, una sentencia del Tribunal Supremo ha especificado que los trabajadores no podrán tener acceso al subsidio por desempleo si no están independizados.

En este caso la clave es la emancipación. Por lo que si el empleado es menor de 30 años y presta servicios a sus familiares pero no convive con los mismos sí tendrá acceso a la prestación del paro. Por supuesto, en cualquier de los supuestos es necesario que el trabajador disponga de un contrato legal que haya finalizado por cualquier circunstancia para poder acudir al SEPE.

Normativa previa

Es posible que desde las administraciones soliciten otros documentos adicionales que verifiquen la situación del parado, como son justificantes de emancipación, también que hayan guardado la misma posición en el negocio que otros empleados similares y no dependan económicamente de los progenitores.

Hasta hace dos años los trabajadores no podían acceder al paro cuando eran contratados por familiares autónomos ya que no se les consideraba empleados asalariados por cuenta ajena. De modo que este fallo el Tribunal sienta jurisprudencia sobre la interpretación de la normativa y marca los límites de la anterior sentencia.

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