Entre 462 y los 1.015 euros

Ingreso mínimo vital: ¿a partir de cuándo se puede cobrar la ayuda?

La nueva prestación se puede solicitar a partir del próximo 15 de junio. A ella pueden acceder personas de entre 23 y 65 años de edad que tengan residencia legal en España.

Cola a las puertas de una oficina de empleo
Cola a las puertas de una oficina de empleo
EFE

El Gobierno ha dado luz verde al ingreso mínimo vital, una prestación cuyo objetivo es proteger a las familias más vulnerables y combatir la pobreza infantil. Su aprobación se esperaba para 2021, pero los efectos económicos y sociales provocados por la pandemia del coronavirus han adelantado los plazos y la puesta en marcha de la ayuda social.

La cuantía oscilará entre los 462 y los 1.015 euros, una cantidad que irá aumentando en función de variables como el número de adultos o menores en la unidad de convivencia. Además, la ayuda a su vez puede ser complementada por las rentas de inserción que tienen a su vez las comunidades.

¿Cuándo puedo cobrar la ayuda?

Los solicitantes, que deben tener una edad comprendida entre los 23 y los 65 años de edad, pueden presentar su solicitud a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. Además del formulario, debe incluir otra documentación como el certificado de empadronamiento o una fotocopia del Documento Nacional de Identidad (DNI). 

La solicitud se puede registrar a partir del 15 de junio. El Ejecutivo anunció que se espera que en el mes de junio 100.000 de las familias más necesitadas cobren la ayuda de manera inmediata. De todos modos, aquellas personas que soliciten la prestación entre el 15 de julio y el 15 de septiembre la cobrarán con efecto retroactivo, es decir, tomando como referencia el primer día de funcionamiento, el 1 de junio. 

Requisitos para solicitarla

En primer lugar es importante saber que solo puede acceder a esta ayuda un miembro de la unidad familiar. Entre los requisitos está: 

  • Tener entre 23 y 65 años, salvo que haya menores a cargo, y acreditar residencia legal y efectiva en España.
  • Lo podrán solicitar aquellas personas que vivan en situación de vulnerabilidad. Aquellos sin ingresos o con ingresos bajos, cuyo umbral establece el Gobierno para cada tipo de hogar en función de sus características.
  • Estará condicionado únicamente al nivel de ingresos y de patrimonio. De este último, queda excluida la vivienda habitual

Además, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha una herramienta de simulación que permite a los ciudadanos saber si se encuentran entre los beneficiarios de la nueva ayuda.

No obstante, las familias en riesgo de pobreza o exclusión social también pueden recurrir a otras ayudas del Estado, por ejemplo la Renta Activa de Inserción (RAI) o el programa PREPARA. 

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