Nueva ayuda

¿Qué documentos se necesitan para solicitar el ingreso mínimo vital?

​A esta nueva prestación solo pueden acceder las personas entre 23 y 65 años de edad y puede solicitarse a través de la Sede electrónica de la Seguridad Social. 

Ahorro de euros.
¿Qué documentos se necesitan para solicitar el ingreso mínimo vital?
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

El ingreso mínimo vital ya está en marcha. La nueva ayuda social de carácter urgente destinada a las familias más vulnerables de esta crisis se aprobó el pasado viernes durante un Consejo de ministros extraordinario. Durante el mes de junio, 100.000 hogares serán los primeros en beneficiarse de la prestación, aquellos que necesiten de forma urgente lo cobrarán en este mes.

Se trata, por tanto, de una prestación para aquellas personas en situación de vulnerabilidad cuyos ingresos sean inferiores a 200 euros si el individuo vive solo y tenga un trabajo a tiempo parcial que le genere, como máximo, esa cantidad de ingresos. En el caso de la unidad familiar, será necesario acreditar estar por debajo de los 450 euros.

Además de contar con unos ingresos bajos, otro de los requisitos es la edad: se debe tener entre 23 y 65 años de edad (si tienen hijos a cargo desde los 18) y tener residencia legal en España. La cuantía de la prestación oscilará entre los 461 y algo menos de 1.100 euros, una cantidad que variará según distintas variables como el número de adultos o menores en la unidad de convivencia.

¿Qué documentación se presenta?

 La solicitud del ingreso mínimo la tiene que presentar la persona interesada. Se puede realizar, preferentemente, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social. La solicitud tendrá que estar acompañada de documentos que acrediten que se cumple con los requisitos de acceso a la ayuda. ¿Cuáles son necesarios?

  • Documento Nacional de Identidad (DNI), pasaporte o documento nacional de identidad del país de origen o procedencia.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento para la identificación de menores de 14 años que no tengan DNI.
  • Certificado de empadronamiento.
  • La situación de demandante de empleo de deberá a tal efecto por una administración competente.
  • En casos de separación o divorcio, la unidad de convivencia se acreditará con la presentación de la demanda o resolución judicial.
  • Inscripción en el registro central de extranjeros para nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o la Confederación Suiza. En el caso de extranjeros con otra nacionalidad será necesario la tarjeta de familiar de ciudadano de la Unión o autorización de residencia, en cualquiera de sus modalidades, para acreditar la residencia legal en España.
  • Para justificar la unidad de convivencia es necesario el libro de familia o el registro de pareja de hecho y certificado de empadronamiento en el mismo domicilio..
  • Si la solicitante es víctima de la violencia machista, se debe aportar una sentencia condenatoria por un delito de violencia de género o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la víctima.

¿Cómo se determinará el patrimonio?

Los requisitos de ingresos y patrimonio establecidos para el acceso  a la prestación de ingreso mínimo vital no deben ser acreditados por los solicitantes. Será la administración pública quién se encargue de recabar la información por medios telemáticos. De esta manera, se analizará que no se tenga más de un patrimonio fijado para poder acceder. 

Ingreso mínimo vital
Ingreso mínimo vital
Nerea de Bilbao
Mostrar comentarios