Claves de la reforma

Jubilación anticipada: ¿habrá aumento de la penalización en la reforma?

Uno de los temas más espinosos a tratar en la reforma del sistema de pensiones es la penalización de la jubilación anticipada, una cuestión que divide a los miembros del Gobierno.

Dos jubilados.
Jubilación anticipada: ¿habrá aumento de la penalización en la reforma?
Imagen de Gundula Vogel en Pixabay.

El futuro del sistema de pensiones en España está en el centro del debate y nuestro país se enfrenta al rento más importante: garantizar su sostenibilidad. Por eso, los partidos políticos están trabajando para concretar la reforma dentro del Pacto de Toledo. En los últimos días, el Gobierno ha comunicado oficialmente a las autoridades europeas su intención de aprobar una subida de las pensiones del 0,9 % para 2021. Sin embargo, hay otras cuestiones que siguen en el aire.

Uno de los temas más espinosos es la jubilación anticipada. En los últimos días el ministro de Inclusión y Seguridad Social, José Luis Escrivá, se pronunció. Escrivá anunció su intención de endurecer la jubilación, de modo que estudia mejorar los incentivos a la jubilación demorada y ajustar penalizaciones a la anticipada. Pero no todos los miembros del Gobierno opinan lo mismo. Yolanda Díaz, ministra de Trabajo es una de las voces detractoras de la medida.

"Penalizar las carreras profesionales en un país que tiene una estructura productiva que no es la de los países europeos, es decir, penalizar que limpiadores, albañiles, gente que está en el comercio, muchas dependientas que tenemos en los comercios de todo el país  trabajen más allá de esa edad no es el camino correcto", dijo en una entrevista concedida a La Hora de la 1, un programa de TVE.

Según las últimas informaciones, El Pacto de Toledo no se plantea endurecer las jubilaciones anticipadas, una cuestión que el Gobierno pretendía modificar, tal y como afirmó Escrivá. Incluso en la comisión hay un amplio debate en torno a si se deben eliminar las penalizaciones actuales para los trabajadores que quieran acceder al retiro antes de tiempo. Del mismo modo, fuentes parlamentarias consultadas por Europa Press apuntan a que las recomendaciones que aprobará la Comisión presidida la exministra socialista Magdalena Valerio pretenden reclamar al Gobierno una evaluación de los colectivos que podrían beneficiarse de excepciones en estas penalizaciones.

De todos modos, pronto saldremos de dudas. El Ejecutivo está presionando a los miembros del Pacto de Toledo para que publiquen cuanto antes el borrador de recomendaciones, que está prácticamente atado, a falta de tan solo una reunión, fechada para el próximo viernes 23 de octubre, con la previsión de votarlas ya en Comisión cuatro días después, el martes 27. Tras celebrar esta semana dos reuniones, los grupos concluyeron la última revisión de las recomendaciones, y quedaron en celebrar un último encuentro más para comprobar el redactado final.

Requisitos para acceder a la jubilación

A la hora de solicitar la jubilación con el objetivo de cobrar la pensión pública existen los siguientes requisitos.

Tener cotizados 35 años, sin que, a tales efectos, se tenga en cuenta la parte proporcional por pagas extraordinarias ni el abono de años y días de cotización por cotizaciones anteriores a 01-01-1967.

Del período de cotización, al menos 2 años deberán estar comprendidos dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho o al momento en que cesó la obligación de cotizar, si se accede a la pensión de jubilación anticipada desde una situación de alta o asimilada al alta sin obligación de cotizar.

En el caso de trabajadores incluidos en el Sistema especial para trabajadores por cuenta ajena agrarios, a efectos de acreditar el período mínimo de cotización efectiva (35 años), será necesario que, en los últimos 10 años años cotizados, al menos 6 correspondan a períodos de actividad efectiva en este sistema especial. A estos efectos, se computarán también los períodos de percepción de prestaciones por desempleo de nivel contributivo en este sistema especial.

En el caso de trabajadores contratados a tiempo parcial, para acreditar el período mínimo de cotización de 35 años, se aplicarán, a partir de 04-08-2013, las reglas establecidas en el Real Decreto-ley 11/2013, de 2 de agosto.

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