Reforma de pensiones

Jubilación anticipada: complementos a la pensión, beneficios y reducciones

A la espera de que la primera pata de medidas pase 'el examen del Congreso' y de que llegue al Senado, la mesa de diálogo social empieza ya a mirar a las reformas que quedan por negociar y acometer en 2022.

Un jubilado.
Un jubilado.
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La primera pata de la reforma de pensiones está ya prácticamente encaminada, después de que a principios de semana se cerrasen las negociaciones sobre el mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) -la patronal se quedó fuera de la ecuación-, y de que ayer, jueves, fuera presentado por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ante la Comisión del Pacto de Toledo. Así las cosas, mientras solo falta que esta batería de medidas consiga la mayoría absoluta en el Congreso y aterrice, como último paso, en el Senado, antes de que entre en vigor el próximo enero, la mesa de diálogo social empieza ya a mirar a las reformas que quedan por negociar y acometer en 2022. 

Recordemos, pues, que esta primera parte tiene como objetivos vincular el incremento de las prestaciones al IPC, para -en palabras del ministro- garantizar el poder adquisitivo de las mismas, llenar la 'hucha de las pensiones' para garantizar la viabilidad del sistema de cara a las jubilaciones de la generación baby boom con largas carreras de cotización y adecuar la edad efectiva de retiro a la legal, mediante una serie de cofiecientes reductores a la jubilación anticipada y de incentivos a la demorada. 

Plus para prejubilados

Eso sí, no todos aquellos trabajadores que opten por la prejubilación verán mermada la cuantía de su pensión. Y es que, tal y como publicó La Información, el documento de la reforma establece lo que el Ministerio ha denominado como 'complemento de mejora de las pensiones de jubilación' que se reconoce a los beneficiarios con al menos 44 años y seis meses de cotización y que hayan accedido a la jubilación de forma anticipada entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2021.

Este 'plus', ideado por el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, tiene como objetivo igualar el trato dispensado por el sistema público a todos los pensionistas con largas carreras de cotización que se jubilaron de forma anticipada en los últimos 20 años y que por ese motivo se vieron penalizados, a veces con recortes de hasta el 40% de la pensión, por el juego de los coeficientes reductores previstos en la ley

La norma, además, no discrimina entre jubilados que accedieron a esa condición de forma voluntaria y los que tuvieron que hacerlo de forma forzada, ya fuera por un despido individual o un ajuste colectivo. Pueden optar, por tanto, a este complemento todos los pensionistas que, como decimos, hayan salido de manera prematura del mercado laboral en los últimos 20 años. Eso sí, será requisito indispensable que la cuantía de su pensión hubiera sido más alta si se le hubieran aplicado los coeficientes vigentes a 1 de enero de 2022.

En cuanto a la cuantía, los mayores beneficiados serán los trabajadores que se retiraron anticipada y con condición de mutualista que podrán tener un complemento mensual a su pensión de hasta 82,62 euros, que será más elevado en el caso de esos más de 3.000 pensionistas con penalizaciones máximas.

Beneficios para los que han hecho la 'mili' 

Por otro lado, aquellos trabajadores que hicieron la 'mili' podrán sumar en su tiempo cotizado hasta 12 meses, siempre en los casos de optar por la jubilación anticipada. Recordemos que hasta el año 2001, todos los varones españoles debían realizar el servicio militar obligatorio. 

Esto es importante, ya que la reforma de pensiones fomenta las carreras más largas y penaliza la jubilación anticipada. Por tanto, aquellos trabajadores que se jubilen a partir de los 61 años forzosamente, o lo hagan de manera voluntaria a partir de los 63, podrán incluir en su cómputo de cotización tanto la 'mili' como el servicio social femenino con el límite máximo de un año.

Las mujeres que se podrán beneficiar de esta medida son las que hicieron el servicio social desde el año 1972, y que accederán a la jubilación este año o en los seis siguientes. En el caso de la mili, los requisitos para tenerlo en cuenta en la jubilación anticipada son los mismos que los del servicio social femenino. La referencia de tiempo es de un año como límite máximo.

Coeficientes reductores

Por su parte, los nuevos coeficientes reductores incluidos en esta reforma se aplicarán sobre la cuantía de la pensión y siempre respetando la limitación máxima. Cuando la pensión supere el límite establecido para el importe de las pensiones, los coeficientes reductores se aplicarán de manera gradual, en un plazo de diez años, a contar desde el 1 de enero de 2024.

Como novedad, se establece que en el caso de la jubilación anticipada voluntaria, los coeficientes reductores de la pensión pasarán a ser mensuales, no trimestrales, y solamente habrá periodos transitorios de aplicación de los mismos en el caso de las pensiones máximas.

En la mayoría de los casos estos coeficientes serán más bajos que los actualmente vigentes a cambio de retrasar el anticipo de la jubilación dos meses. Para quienes tengan cotizados menos de 38 años y 6 meses, adelantar su jubilación 24 meses supondrá una reducción en su pensión de entre el 21% y el 3,26% (1 mes antes); para los que tengan más de 38 años cotizados y 6 meses, pero menos de 41 años y 6 meses, la reducción máxima será del 19% (24 meses) y la mínima del 3,11% (1 mes).

Trabajadores sin penalización

El texto especifica que ese nuevo régimen no se aplicará a los trabajadores que hayan salido del mercado laboral antes del 1 de enero de 2022 y que no puedan acreditar más de doce meses de cotización en cualquiera de los regímenes de la Seguridad Social, como una suerte de escudo para aquellos que hayan perdido su empleo en el contexto de la pandemia y no hayan logrado reengancharse al mercado de trabajo.

Exime también de ese nuevo régimen a los trabajadores que pierdan su puesto de trabajo más tarde del próximo 1 de enero de 2022, pero como consecuencia de decisiones adoptadas en expedientes de regulación de empleo, o en virtud de convenios colectivos de cualquier ámbito, acuerdos colectivos de empresa o decisiones adoptadas en procedimientos concursales, que fueran aprobados con anterioridad a la entrada en vigor de la ley que dé cumplimiento a este acuerdo.

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