Más allá de la jubilación ordinaria

Jubilación parcial: estos son los casos en los que se puede suspender o extinguir

Esta opción permite acceder antes de tiempo a la jubilación sin penalización aunque no será de forma completa, sino que se compaginará con un trabajo.

Dos jubilados.
Jubilación parcial: estos son los casos en los que se puede suspender o extinguir
Imagen de Gundula Vogel en Pixabay.

La jubilación parcial permite a un trabajador acceder al retiro profesional antes de tiempo sin que la pensión se vea penalizada, aunque no percibirá la pensión completa sino que se compaginará con un trabajo. A partir de los 60 años, la Seguridad Social permite mantener el contrato laboral, que puede ser de relevo o no, mientras se percibe la pensión de jubilación siempre que se cumplan los requisitos exigidos. Sin embargo, esa pensión se puede suspender o extinguir por diferentes causas, además de la jubilación ordinaria. 

La causa más habitual que deriva en la extinción de la jubilación parcial es el acceso del trabajador a la jubilación ordinaria, ya sea a través de la edad legal o de la modalidad anticipada. Pero también puede deberse al fallecimiento del titular o al reconocimiento de la pensión de incapacidad permanente

Además, si finaliza el contrato de trabajo a tiempo parcial realizado por el jubilado parcial, también se extinguirá salvo que el trabajador tenga derecho a prestación de desempleo, compatible con la jubilación parcial.

Las situaciones anteriores implican la pérdida de la jubilación parcial, sin embargo, existen excepciones en las que el trabajador no tiene derecho a percibir la prestación, pero solo durante un periodo de tiempo, mientras se mantengan las circunstancias que resultan incompatibles. En estos casos, se procede a la suspensión de la pensión parcial a la que se tiene derecho, pero se restablecerá una vez desaparecidas las incompatibilidades.

En primer lugar, para acceder a la jubilación parcial se deben cumplir una serie de requisitos que se deberán mantener mientras se perciba la pensión. En ese sentido, la principal causa que puede suspender la pensión es el cambio en las condiciones. Hay que tener en cuenta que si se firma un contrato de relevo, se deberá tener una reducción de jornada de entre el 25 y el 75% del tiempo completo. Por el contrario, si no se ha firmado un contrato de relevo, se podrá disponer de un contrato a tiempo parcial o completo, igualmente con una reducción de jornada de entre el 25 y el 75%.

Por otra parte, otra de los requisitos que se deben mantener es la obligación de cotizar, de manera que si se suspende el contrato, se procederá a suspender la pensión, salvo que se siga cotizando. Por ejemplo, si el trabajador se encuentra de baja por incapacidad temporal, no se suspenderá porque la cotización se mantiene. 

Otro de los casos que llevan a la suspensión es el mantenimiento de la prestación por desempleo, mientras inicia un nuevo trabajo con jornada parcial. El paro se puede compatibilizar con un trabajo, pero ambos ingresos sustituirán a la pensión, por lo que quedaría suspendida. 

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