Tras cumplir con la edad mínima y años cotizados

Las obligaciones que deben cumplir los jubilados para no perder la pensión

Los jubilados están obligados a notificar a la Seguridad Social cualquier cambio personal o económico que afecte a los requisitos para el cobro de la pensión.

Dos jubilados en la playa.
Las obligaciones que deben cumplir los jubilados para no perder la pensión
Imagen de Ri Butov en Pixabay.

Al llegar a la edad mínima o al cumplir ciertos requisitos en otros casos, un trabajador puede finalizar su periodo laboral y empezar a ser beneficiario de una pensión de jubilación. En la gran mayoría de los casos, la cantidad de años cotizados se computarán para calcular la cantidad de la prestación que le corresponderá como jubilado. Sin embargo, tendrá que cumplir con ciertos requisitos para garantizar su continuidad, además de los otros beneficios de la jubilación.

Si un jubilado experimenta un cambio en las condiciones que especificó al registrarse como tal, deberá comunicarlo dentro de los primeros 30 días al (Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Estas variaciones incluyen cambios en su estatus legal, como lo sería un cambio en el estado civil, los cambios de domicilio, el comienzo de una nueva actividad laboral o el cobro de otras pensiones.

En el caso de que perciba complementos por mínimos, deberá comunicar si su cónyuge recibe otras pensiones o empieza una actividad laboral. Además, deberá informar de si el nivel de sus rentas (o las de su cónyuge) aumenta de manera que se vuelven incompatibles con el cobro de los complementos.

Multas, adiós a la pensión a sus beneficios

En el caso de notificar correctamente a la Seguridad Social algunos de estos cambios, el pensionista dejará de cobrar la pensión y podría ser sancionado con multas económicas. Asimismo, perderá los beneficios asociados a la misma. 

Al mantener su estado actualizado, el pensionista tiene derecho a 14 pagas al año, una mensual y dos extraordinarias en junio y en noviembre. Podrá recibir asistencia sanitaria que también estará disponible en sus desplazamientos,  así como asistencia farmacéutica gratuita (si es ambulatoria, el precio de venta se reducirá).  

Otras ayudas a los jubilados incluyen las prestaciones familiares, sujetas al cumplimiento de requisitos específicos, como hijos menores de 18 años con una minusvalía igual o superior al 65% que tengan a cargo o menores acogidos de forma permanente o en preadopción. También podrán disfrutar de los servicios sociales complementarios de la Seguridad Social, como los los servicios de ayuda a domicilio y programas de vacaciones, además de poder pedir certificados relativos a su condición de jubilados a los organismos competentes.

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