Límites en las cantidades

Qué jubilados tienen que declarar la pensión en la Renta y quiénes no

Algunas pensiones quedan exentas de tener que declarar la renta, como las de orfandad, de incapacidad permanente y gran invalidez, y, en algunos casos, las que se hacen en favor de familiares.

Ahorro de euros.
Qué jubilados tienen que declarar la pensión en la Renta y quiénes no
Imagen de Bruno /Germany en Pixabay.

La declaración de la renta concierne a todas las personas que reciben rentas sujetas al IRPF, entre otros. Dado que la pensión de jubilación se considera un rendimiento del trabajo, los jubilados tienen la obligación de dar cuentas a Hacienda. El estatus de pensionista es irrelevante en estos casos debido a que las prestaciones son ingresos que perciben los beneficiarios. 

Sin embargo, no todas las pensiones se llevan bajo el mismo régimen. En el 2021, los pensionistas que cobren menos de 22.000 euros anuales de un único pagador o de las pensiones percibidas por los regímenes públicos de la Seguridad Social (además de prestaciones por incapacidad, jubilación, viudedad o parecidas) no están obligados a presentar la declaración. Si las prestaciones provienen de dos o más pagadores, el máximo para no tener que pagar disminuye hasta los 14.000 euros. En este último caso, los ingresos del segundo y siguientes pagadores deben superar los 1.500 euros.

Algunas pensiones quedan exentas de tener que declarar la Renta, como las de orfandad y de incapacidad permanente y gran invalidez. Las pensiones en favor de familiares también están exentas si derivan de actos de terrorismo, si se reconoce como consecuencia de incapacidad permanente en los grados de absoluta o gran invalidez o si el beneficiario es menor de 22 años

Rendimientos de capital mobiliario

Hay otros factores que hace falta tener en cuenta sobre la declaración de la Renta. Si los rendimientos del capital mobiliario superan los 1.600 euros, el pensionista deberá rendir cuentas con el fisco. Estos rendimientos incluyen los rendimientos íntegros del capital mobiliario (dividendos de acciones no exentos, intereses percibidos de depósitos, cuentas, etc) y las ganancias patrimoniales, que incluyen reembolsos premios y el reembolso de fondo.

Las pensiones que procedan del extranjero se considerarán como prestaciones de un segundo pagador. Si se hace en conjunto con el cónyuge, es necesario incluirla en la declaración bajo concepto de pensión internacional, incluso si no supera los 1.500 euros.

En cuanto a los rescates totales o parciales de los planes de pensiones, también se incluirán en la declaración. Esto se debe a que las cantidades rescatadas también se consideran rendimientos de trabajo. Las cuantías anuales que procedan de los planes se considerarán también como provenientes de segundos pagadores, por lo que deberán declararse si superan los 1.500 euros de un total mayor a 14.000 euros. 

Mostrar comentarios