La Justicia abre la puerta a que el Estado compense a sus proveedores por el SMI

  • Un puñado de sentencias reconoce el derecho de las contratas de la Administración a ser compensadas por el sobrecoste de la subida del Salario Mínimo.
Fotografía empleado limpiando un pasillo / 20 Minutos
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Una de las paradojas que ha generado la histórica subida del Salario Mínimo a 900 euros es que mientras el Gobierno ha defendido por activa y por pasiva su aplicación directa e inmediata y ha cuestionado que la misma pudiera tener un efecto relevante sobre las empresas que se tradujera en una eventual contención de las decisiones de contratación, luego se ha desentendido de manera flagrante de su aplicación en los contratos públicos de servicios que mantiene con sus empresas contratistas. El Estado ha dejado toda la responsabilidad sobre su aplicación efectiva a las empresas contratistas y se ha negado de plano a modificar las condiciones de esos contratos para garantizar que éstas se ajustan al nuevo marco creado por la subida del SMI el pasado 1 de enero.

La intención inicial del Ministerio de Hacienda de resarcir, aunque fuera parcialmente, a las empresas proveedoras de servicios del Estado por el sobrecoste para éstas de asumir unas condiciones salariales diferentes a las previstas inicialmente en los contratos, al menos en los casos en que ese efecto fuera más sustancial, decayó poco a poco al ritmo marcado por el distanciamiento de CEOE de la política de 'viernes sociales' del Ejecutivo, el engorro de tener que poner en revisión cientos de contratos de servicios y finalmente por el criterio de la Abogacía del Estado que no consideró adecuado que las arcas públicas asumieran esa factura.

Sin embargo, los tribunales no parecen tenerlo tan claro como la Abogacía del Estado. Un puñado de resoluciones judiciales referentes a contratos públicos en ayuntamientos y organismos autonómicos a las que ha tenido acceso La Información han venido a poner en cuestión ese criterio oficial y a abrir la puerta a que las contratistas afectadas por la no compensación de la subida del Salario Mínimo en los contratos que mantienen con el Estado puedan defender sus derechos en este asunto con ciertos visos de éxito. 

Las resoluciones conocidas hasta ahora se refieren a contratos menores, uno del Ayuntamiento de Cuevas de Almazora, otro de un organismo de la Junta de Andalucía, pero reconocen el principio de que las empresas contratistas tienen derecho a ser resarcidas por el cambio sustancial en las condiciones de los contratos que se adjudicaron en su día derivado de la modificación normativa aprobada por el Gobierno. Un principio, por cierto, que ya se incluía en el IV Acuerdo de Negociación Colectiva entre CEOE y sindicatos, en el que se eximía a las empresas inmersas en contratos públicos plurianuales de aplicar a los trabajadores dependientes de esos contratos las subidas salariales pactadas en el sector o en la empresa en cuestión para evitar desequilibrar las condiciones de los mismos.

La vía de recurrir a los tribunales

La situación para las empresas contratistas con el Estado es complicada. Sin compensación de oficio posible después de que la Abogacía del Estado haya fijado criterio en contra de esa solución indiscriminada, la vía que les queda para 'forzar' un cierto resarcimiento por parte del Estado es acudir a los tribunales, lo que implica litigar contra su cliente. "Es muy difícil, porque en este escenario a las empresas sólo les queda denunciar el contrato para reclamar la compensación del sobrecoste del SMI, esperar a que el Ministerio o el organismo estatal de turno se niegue con los argumentos del informe de la Abogacía del Estado y después con esa negativa en la mano reclamar esa compensación ante la Justicia", explica una fuente empresarial. "El procedimiento es lo suficientemente farragoso y arriesgado para inhibir cualquier iniciativa".

Estas mismas fuentes admiten que la existencia de resoluciones favorables en otros ámbitos administrativos facilita el camino a las empresas que se quieran 'arriesgar', pero ven improbable una reacción generalizada en el ámbito de la contratación pública. "Al final se trata de empresas que tarde o temprano se presentarán a otra licitación pública y es lógico que tengan sus reservas".

La situación creada entre los contratistas del Estado con la subida del Salario Mínimo viene a acentuar un desafecto creciente del mundo empresarial con la contratación administrativa, que se abonó en los años de la crisis por los fuertes recortes ejecutados en los precios de licitación de los contratos públicos, que la nueva Ley de Contratos Públicos no ha logrado resolver y que ha aconsejado a algunas de las más importantes empresas contratistas de servicios que operan en España a alejarse de los contratos públicos ante la creciente inseguridad que generan.

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