Si la norma de un estado no dice lo contrario 

La justicia europea exige devolver a los clientes gastos hipotecarios abusivos

El Tribunal de Luxemburgo abre la puerta a tumbar las comisiones de apertura, lo que llevaría a cargar la totalidad de los gastos al sector financiero.

Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) Una vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (Gran Sala) (Foto de ARCHIVO) 8/5/2020
La justicia europea exige devolver a los clientes gastos hipotecarios abusivos. 
TJUE

La justicia europea se pone del lado del consumidor y da un golpe a la banca y al Tribunal Supremo. De acuerdo con una sentencia emitida este mismo jueves, las cantidades pagadas en concepto de gastos de hipoteca a raíz de una cláusula declarada abusiva deben ser devueltas al consumidor, salvo que el derecho nacional disponga lo contrario. De acuerdo con la corte, si se declara nula una cláusula abusiva que impone al cliente el pago de todos los gastos de constitución y cancelación de una hipoteca, el juez nacional no podrá negar al consumidor la devolución de las cantidades abonadas en virtud de esa cláusula.

La Corte de Luxemburgo a la que un juzgado de Palma y otro de Ceuta elevaron cuestiones prejudiciales recuerda en su decisión de este jueves que la nulidad de una cláusula por su abusividad debe llevar a la anulación total de la condición desde su origen. Es justo en este sentido, en el mismo en que se falló en el año 2016 cuando se estudió y falló el caso de las cláusulas suelo. 

En cambio, no en todos los casos será así. El TJUE señala que se aceptará la restitución parcial si la legislación nacional señala claramente que determinados gastos deben ser asumidos por el cliente. De esta forma, si se traslada a España, se dejaría la puerta abierta a que los consumidores continúen asumiendo el impuesto de actos jurídicos documentados (AJD). Cabe recordar que al respecto de este tema el Tribunal Supremo adjudicó finalmente a los clientes el coste de este gravamen tras varias sentencias completamente contradictorias. 

Otro de los grandes interrogantes que los titulares de los juzgados de Palma y Ceuta pusieron sobre la mesa del TJUE estaba relacionada con las comisiones de apertura. La pregunta a Luxemburgo trataba de esclarecer si esta superaba automáticamente el control de transparencia o si por el contrario, el profesional debe probar que ha proporcionado información previa y ha existido una negociación individual de la misma. En este sentido la Corte considera que la comisión de apertura puede ser declarada abusiva si no se ha explicado con suficiente transparencia, señalando además que su inclusión en el precio final no la convierte en una parte esencial del contrato. 

El TJUE también resuelve y pone fin a otra cuestión polémica, la no imposición de las costas a las entidades bancarias cuando la sentencia declara la nulidad de la cláusula pero la restitución de las cantidades no coinciden con lo solicitado en la demanda. Esta situación se ha producido, señalan desde Reclamador, con la cláusula de gastos desde 2018 debido a la cambiante jurisprudencia del Tribunal Supremo y a la extrema demora de los procedimientos de este tipo que provocan que una demanda presentada conforme a la jurisprudencia vigente al momento de su presentación se resuelva más de dos años después, cuando ya se han producido cambios. 

Esta situación en la que el consumidor debe soportar el coste de su defensa aún cuando la acción principal generadora de dicha devolución ha sido estimada y tras la negativa del banco a resolver extrajudicialmente el asunto obligándole a acudir la vía judicial, ha sido reparada por el pronunciamiento del TJUE. Dicho fallo declara que de continuar por la misma senda, en estos casos se produciría un efecto disuasorio para el consumidor al saber que  tendrá que pagar a su abogado y su procurador aún cuando la cláusula ha sido declarada nula, disuadiendole de acudir a la justicia.

De acuerdo con Asufin, la Asociación de Usuarios Financieros, hasta ocho millones de consumidores se ven afectados por una decisión que toca varios puntos importantes y polémicos sobre los que hasta ahora no había suficiente consenso. 

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