La Abogacía del Estado avala competencia única del Banco de España con cajas

  • Madrid.- La Abogacía del Estado coincide con el Gobierno en que el Banco de España debe ser el único organismo habilitado para decidir el futuro de una caja de ahorros insolvente, y no las Comunidades Autónomas, porque la inestabilidad de una entidad financiera genera riesgos para el conjunto de la economía.

Madrid.- La Abogacía del Estado coincide con el Gobierno en que el Banco de España debe ser el único organismo habilitado para decidir el futuro de una caja de ahorros insolvente, y no las Comunidades Autónomas, porque la inestabilidad de una entidad financiera genera riesgos para el conjunto de la economía.

Así lo defiende la Abogacía del Estado en las alegaciones remitidas al Tribunal Constitucional a raíz de los recursos de inconstitucionalidad presentados por la Comunidad de Madrid, Cataluña, Galicia y Extremadura contra la norma que crea el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria, al considerar que invade sus competencias.

"No puede caber ninguna duda sobre la necesidad de centralizar en el Banco de España, como órgano responsable de garantizar la solvencia del sistema financiero, las decisiones que hayan de adoptarse para garantizar la solvencia de nuestras entidades de crédito en todo el territorio nacional y para tratar de buscar la más rápida y acertada solución a dichos problemas", sostiene.

Además, en contra del apoyo que hizo el Constitucional en 1988 a las competencias autonómicas sobre cajas, la Abogacía del Estado cree que "quizá sea tiempo ya de acabar con el mito de la caja vinculada al territorio y percibirlas como importantes entidades de crédito de implantación nacional e internacional y cuya insolvencia o inestabilidad tiene indudables consecuencias sistémicas".

Recuerda además que con la expansión territorial de las cajas, su funcionamiento es cada vez más similar al de los bancos y pone varios ejemplos, como que a un cliente de Caja Madrid o La Caixa que vive en Galicia le importa y afecta tanto la solvencia del negocio bancario de la entidad en la que tiene sus depósitos como al cliente que reside en Madrid o Cataluña.

A juicio de los abogados del Estado, "la insolvencia de cualquier entidad de crédito, en cuanto constituye potencialmente un riesgo sistémico que puede afectar a la credibilidad de todo el sistema financiero exige que su garantía se aborde desde un órgano central de eminente carácter técnico y con una general visión del sistema financiero".

También explica que la situación actual de las cajas no tiene parangón en la historia de España porque nunca antes se había producido una crisis que afectara "tan directamente" a la solvencia de esas entidades que hiciera necesaria su reestructuración "generalizada".

Los abogados del Estado aclaran además a las Comunidades que cuando existe el riesgo de una crisis sistémica de "excepcional gravedad" no es compatible la autorización autonómica de la fusión de una de sus cajas con la intervención del Banco de España.

En el caso concreto del recurso presentado por la Generalitat de Cataluña, critican que utilice el "Estatut" para reclamar su potestad de decisión sobre las cajas al señalar que un estatuto "no puede ser instrumento para el privilegio o el 'desplazamiento' de las competencias básicas estatales impidiendo que éstas cumplan su función de común denominador de ámbito nacional".

Además, considera que los preceptos del "Estatut" que recogen las competencias autonómicas en materia financiera "son perfectamente respetuosos con la Constitución y con la doctrina del Tribunal (Constitucional) que, desde luego, no pretenden variar".

En la primavera de este año, Galicia, Madrid, Cataluña y Extremadura presentaron recursos de inconstitucionalidad contra el FROB, a pesar de que el Ministerio de Economía insistía públicamente en que el fondo cumplía con los preceptos de la Constitución y así lo avalaban todos los informes jurídicos con los que contaba este departamento.

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