La Audiencia obliga a Vueling a pagar el bonus a sus pilotos pese al caos de El Prat

  • El tribunal da la razón al Sepla y asegura que los trabajadores no fueron informados de los objetivos y la compañía no demostró que se incumplieran
Vueling abre una convocatoria de pilotos para cubrir bases nacionales e internacionales en 2018
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EUROPA PRESS

Cancelaciones de decenas de vuelos, retrasos de más de un día, miles de pasajeros indignados en el aeropuerto sin poder volar y sin saber por qué, combinaciones perdidas en otros aeropuertos, colas interminables en las oficinas de la compañía… El caos del aeropuerto de El Prat a finales de junio y principios de julio de 2016 fue una de las excusas esgrimidas por la dirección de Vueling para negarse a pagar el bonus de ese año a los pilotos al año siguiente. Sin embargo, casi dos años después, la Audiencia Nacional ha dado la razón al Sindicato de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) y ha obligado a la compañía a abonarles esa cantidad.

El sindicato mantenía en su demanda, presentada ante la Sala de lo Social de ese tribunal, que Vueling había vulnerado el convenio colectivo rubricado con sus pilotos en lo relativo al bonus de productividad en 2016. Según la representación sindical, la empresa no comunicó en ningún momento a sus trabajadores los parámetros y objetivos que eran necesarios para cobrar esa paga. Tampoco exisitió un seguimiento trimestral de los mismos por ambas partes, como exige el acuerdo laboral entre ellas, con el objetivo, según Sepla, “de no concretar al colectivo de pilotos dichos parámetros y finalmente no abonar el citado bonus”.

La dirección de Vueling mantuvo ante el tribunal lo contrario. Que ese incumplimiento del convenio no se había producido. Que el objetivo a cumplir se comunicó como cada año, pero que no se pudo alcanzar debido a “las dificultades del verano de 2016”, es decir el caos del aeropuerto de El Prat con la cancelación de 325 vuelos en cadena en solo una semana cuya última razón fue la mala planificación de la compañía. Esta argumentaba además que el convenio no prevé que la falta de comunicación y seguimiento de los parámetros del bonus suponga su “devengo automático”, es decir, la obligación de pagarlo.

Los parámetros se comunicaron en 2017

Los magistrados dan la razón a los pilotos. Aseguran que, al contrario de lo que mantuvo la compañía aérea, su dirección no comunicó a la sección sindical de Sepla los objetivos para 2016 durante el primer trimestre de ese año, como obligaba expresamente el convenio colectivo.

En esta línea, la sentencia subraya los sucesivos requerimientos de los pilotos para conocer esos parámetros y el hecho de que estos solo conocieron el beneficio operativo (ebit) fijado por la empresa para el cálculo del bonus el 27 de octubre. Y no fue hasta marzo del año siguiente, ya en 2017, cuando la dirección les avisó de que no se ha llegado al 75% del ebit (196 millones de euros) establecido como objetivo.

Es más, la Sala asegura que “no procede entender, como alega la empresa demandada, que no se han cumplido los objetivos”. Y lo argumenta bajo la premisa de que la comunicación por las que esos parámetros se hicieron llegar a los trabajadores el 27 de octubre de 2016 y el 9 de marzo de 2017, debido al retraso con el que se produjo, no puede considerarse que cumpla el requisito de fijarlos para el año anterior.

Pero, además, considera que Vueling no ha conseguido acreditar que no se alcanzara ese objetivo. Para tratar de demostrarlo aportó una sola hoja con la cuenta de pérdidas y ganancias en la que no constaba que no se hubiera llegado al 75% del ebit, en lugar de “las cuentas auditadas”, como le reprochan los magistrados.

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