La CECA pide a Economía que garantice a los SIP un tratamiento fiscal neutro

  • Madrid.- La patronal de las cajas de ahorros, la CECA, ha pedido al Ministerio de Economía que se modifiquen algunos aspectos de la normativa vigente para garantizar un tratamiento fiscal neutro a los denominados Sistemas Institucionales de Protección (SIP), las llamadas "fusiones frías" que están configurando algunas cajas.

La patronal de las cajas cree que el grueso de la reestructuración está completado
La patronal de las cajas cree que el grueso de la reestructuración está completado

Madrid.- La patronal de las cajas de ahorros, la CECA, ha pedido al Ministerio de Economía que se modifiquen algunos aspectos de la normativa vigente para garantizar un tratamiento fiscal neutro a los denominados Sistemas Institucionales de Protección (SIP), las llamadas "fusiones frías" que están configurando algunas cajas.

Así lo informó hoy la CECA en un comunicado, que añade que en los SIP perviven como personas jurídicas las Cajas que participan, lo que diferencia a estas fusiones de las tradicionales, en las que la conversión en una única persona jurídica de las entidades que se unen se beneficia de una neutralidad fiscal casi absoluta, sobre todo en cuanto a la tributación por IVA y por el Impuesto sobre Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados (ITP-AJD).

Los SIP son un tipo de fusiones, llamadas frías o virtuales, que permiten a las cajas que se acojan conservar su marca comercial, su obra social y sus consejos de administración por separado, al tiempo que unen en una entidad los sistemas de medición del riesgo, solvencia y liquidez y parte del beneficio.

El hecho de que en los SIP algunos servicios fundamentales deban ser compartidos, como los citados, implica que la entidad centralizada va a tener una intensa relación de prestación de estos servicios y, por tanto, de facturación sometida a IVA, con las Cajas participantes, lo que supondrá importantes costes para éstas por su limitada capacidad de deducción del IVA soportado en la actividad financiera.

Por otra parte, la constitución de la entidad central, a través de la cual se articula el SIP, se encuentra sometida al ITP-AJD, por el concepto de operaciones societarias.

Ambos elementos, que suponen un tratamiento fiscal perjudicial en comparación con las fusiones tradicionales, pueden suponer un freno al proceso de integración de Cajas mediante los SIP, dado que buena parte de las sinergias y economías de escala que producirían estas fusiones virtuales podrían ver anulado su efecto positivo por el régimen fiscal vigente.

A principios de abril, el Consejo de Ministros aprobó un decreto ley con medidas para hacer frente a la crisis en el que incluía algunas aclaraciones sobre las uniones a través de un SIP, entre las que destaca que estas "fusiones frías" tendrían que durar al menos 10 años y que el Gobierno les garantizaría neutralidad fiscal.

La vicepresidenta segunda, Elena Salgado explicó entonces que para resolver las dudas sobre los impuestos que tiene que pagar cada caja, el Ministerio de Economía se comprometía a elaborar un informe vinculante si así lo pedían las entidades a través del Banco de España.

En ese informe, Economía detallaría cómo tendría que tributar ese nuevo grupo consolidado, que permite a las entidades compartir riesgos, solvencias y como mínimo el 40 por ciento de sus resultados.

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