La intervención de las cuentas de una comunidad no supondrá su suspensión

  • La intervención de las cuentas de una comunidad autónoma, prevista en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que ha entrado hoy en vigor tras su publicación en el BOE, no supondrá la suspensión de su autonomía, aunque sí puede suponer la disolución de un ayuntamiento.

Madrid, 30 abr.- La intervención de las cuentas de una comunidad autónoma, prevista en la Ley de Estabilidad Presupuestaria, que ha entrado hoy en vigor tras su publicación en el BOE, no supondrá la suspensión de su autonomía, aunque sí puede suponer la disolución de un ayuntamiento.

Así lo han indicado hoy fuentes del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que han insistido en que desde este departamento no se dudará en utilizar toda la normativa vigente si una administración pública incumple los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Las mismas fuentes han añadido que, hasta la fecha, ninguna comunidad autónoma "ha pedido o sugerido" una intervención voluntaria de sus cuentas, pero sí ayuda para confeccionar los planes económicos y fiscales.

Han precisado además que no creen que vaya a haber sorpresas con los planes que tienen que remitir al ministerio y cuyo límite de entrega expira a medianoche de hoy.

Aunque las fuentes no han precisado cuántas comunidades los han presentado ya, sí han reconocido que Cataluña ya lo ha hecho y que el ministerio ha pedido al Gobierno de la Generalitat que corrigiera una serie de partidas, lo que ha hecho "y en la buena dirección".

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