La Ley de Morosidad entra en vigor: los proveedores tardarán menos en cobrar

  • Desde 2013 las empresas tendrán en 60 días del plazo para los pagos entre empresas, mientras que la Administración tendrá 30 días. Será una rebaja paulatina, ya que, por ejemplo, la Administración este año ya tendrá que pagar en menos de 55 días, desde 2011 en 50, desde 2012 en 40 días y en 2013 ya tendrá que pagar a sus proveedores en los 30 días que marca la nueva normativa.

EFE

La reforma de la Ley de Morosidad que aprobó el Congreso de los Diputados por unanimidad el pasado 17 de junio, entrará en vigor este miércoles, después de que se haya publicado hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En 2013 las empresas tendrán que pagar a su proveedores en 60 días, mientras que la Administración tendrá que hacerlo en 30 días.

Según se pone de manifiesto en el citado texto, cinco años después de la entrada en vigor de la Ley de Morosidad 3/2004, "la legislación tiene que adaptarse a los cambios que se han producido en el entorno económico y modificarse para que sea ampliamente aplicable, tanto en el ámbito de las empresas españolas, como en el sector público".

Así, en la citada reforma se fija desde 2013 una rebaja a 60 días del plazo de los pagos entre empresas y a 30 días de los que tiene que hacer a éstas la Administración.

Además, la nueva ley establece un período transitorio para que la Administración Pública española reduzca el plazo de pago a las empresas: a 55 días desde su entrada en vigor; a 50 días desde el 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días en 2013.

El sector privado, por su parte, deberá pagar en 85 días desde la entrada en vigor de la reforma; en 75 días a partir de enero de 2012, y en 60 días a partir de enero de 2013.

En todos los casos, el plazo para realizar los pagos comenzará a contar a partir de la entrega de los bienes o de la prestación de los servicios, y no desde la fecha de emisión de la factura.

Además, las demoras de pago de productos de alimentación frescos y perecederos no excederán en ningún caso los 30 días.

La ley será de aplicación a todos los contratos celebrados con posterioridad a su entrada en vigor y los contratos ya firmados deberán ser adaptados en un plazo de tres meses.

La reforma de la ley se aprobó tras una serie de enmiendas que introdujo el Senado el pasado 9 de junio, entre las cuales se destaca que las constructoras de obra pública dispondrán de un plazo especial de dos años para reducir hasta 60 días el límite de pago de facturas a sus proveedores y subcontratistas.

Además, se podrán pagar hasta en 120 días desde la entrada en vigor de la ley hasta el 31 de diciembre de 2011, en 90 días a partir de 2012 y en 60 a partir de 2013.

Otro punto de la nueva norma es que se suprime la alternativa de pacto entre las partes, en tanto que establece procedimientos para hacer efectivas las deudas de los poderes públicos, la obligatoriedad de informes periódicos y un nuevo registro de facturas en las Administraciones locales.

Asimismo, las sociedades deberán publicar los plazos de pago a sus proveedores en la Memoria de sus cuentas anuales.

Otra novedad introducida por el Senado es que el Gobierno instrumentará en un plazo de 30 días, a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO), una línea de crédito directa para entidades locales para facilitar el pago de deudas firmes e impagadas a empresas y autónomos con anterioridad al 30 de abril de 2010.

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