La OCDE saca a la luz 146 pactos fiscales de España con empresas multinacionales

  • Afea la resistencia del Gobierno a proporcionar información sobre las jurisdicciones potencialmente afectadas por estos acuerdos preferenciales
El ministro de Economia, Luis de Guindos, y el de Hacienda, Cristóbal Montoro. (EFE)
El ministro de Economia, Luis de Guindos, y el de Hacienda, Cristóbal Montoro. (EFE)

La Hacienda española ha reconocido por primera vez la existencia de 146 acuerdos fiscales orientados a arbitrar el modo en que las empresas multinacionales pagan sus impuestos en el país. Lo ha hecho a demanda de la OCDE y en el contexto del nuevo marco BEPS, que pretende impulsar unos mínimos de comportamiento entre las jurisdicciones tributarias de todos los países avanzados para impedir que las grandes multinacionales aprovechen las grietas del sistema para eludir el pago de sus obligaciones fiscales.

El marco obliga a los países adheridos al mismo a compartir con sus socios toda la información referente a los regímenes fiscales preferenciales que se apliquen en su territorio y también a cualquier clase de acuerdo bilateral con empresas multinacionales suscrito por cada administración tributaria con el doble objetivo de compartir la información disponible y prevenir cualquier tipo de práctica fiscal que pueda resultar perniciosa para el resto de socios. 

Ha sido este ejercicio de transparencia, cuyos resultados acaba de publicar la OCDE, el que ha permitido conocer que España acumula un histórico de 146 acuerdos o esquemas fiscales relacionados con la tributación de las empresas multinacionales en su territorio y que la intención de Hacienda en 2016 era mantener al menos 28 acuerdos de esta naturaleza en el futuro. 

"En España no existe fiscalidad a la carta"

La metodología de la OCDE clasifica todos esos acuerdos como 'rulings', un concepto que se podría traducir como acuerdo fiscal preferente, pero conviene aclarar que en el caso español no se trata de acuerdos bilaterales a la carta para las empresas como los que históricamente se han aplicado en otras jurisdicciones más permisivas desde el punto de vista fiscal como Países Bajos, Bélgica, Irlanda o Luxemburgo. ¿De qué tipo de acuerdos hablamos entonces? De esquemas fiscales aceptados como tales en el marco europeo que buscan proteger un determinado segmento (como el tax lease para la industria naval) o impulsar una práctica empresarial (el patent box para impulsar la I+D+i), y de canales de colaboración para evitar la litigiosidad, como los acuerdos previos de valoración o APAs, según sus siglas en inglés.

Fuentes de Hacienda recuerdan que en España no se pueden cerrar acuerdos bilaterales con empresas para garantizarles un trato fiscal preferente como sí se hace en otros países, principalmente porque no lo permite la Ley General Tributaria, pero que sí es práctica habitual asesorar a las empresas multinacionales que aterrizan en España sobre el modo en que deben tributar en el marco fiscal nacional y llegar a acuerdos en ese campo para dar seguridad jurídica y evitar que sea luego la Inspección la que tenga que exigir el adecuado cumplimiento de las obligaciones fiscales. Éstos son los APAs. "En España no existe la fiscalidad a la carta. No son acuerdos para garantizar un trato fiscal más favorable a las empresas para que elijan España en lugar de otro país, sino que se hacen para evitar litigiosidad", aseguran estas fuentes.

Otra tipología son los denominados acuerdos de establecimiento permanente,'PE rulings', según sus siglas en inglés. Éstos son fruto del diálogo entre la Administración Tributaria y las empresas multinacionales con actividad más o menos estable en el país pero que se resisten a fijar en España una sede estable para evitar las obligaciones fiscales que acarrea, y buscan regularizar esa situación sin necesidad de llevar la cuestión a los tribunales de justicia. 

Para la OCDE esta diferenciación no es relevante. Reconoce que su objetivo no es acabar con este tipo de acuerdos sino compartir la información para que los países estimen si su ejecución les supone o no un perjuicio fiscal.

Las cifras de España, no obstante, palidecen ante las de otros países con un planteamiento fiscal más agresivo. Bélgica ha reportado 586 acuerdos con multinacionales, Países Bajos, más de 2.000; y Luxemburgo nada menos que 5.600. También es cierto que otros países como Alemania o Francia reportan un volumen de acuerdos más reducido, 18 y 45, respectivamente.

Tirón de orejas a España

Salvo en los casos de los acuerdos previos de valoración, para los que la OCDE admite mantener la confidencialidad de los contribuyentes para los que se hizo ya que no se trata de una iniciativa normativa sino de una valoración técnica, Hacienda ha tenido que revelar el nombre de los contribuyentes y el plazo de vigencia del acuerdo, si el pacto tiene únicamente trascendencia doméstica o transfronteriza y, en este último caso, las jurisdicciones que podrían resultar potencialmente afectadas por el esquema aplicado a la empresa en cuestión, bien porque allí esté ubicada la matriz de la sociedad o porque existe cualquier tipo de vínculo con trascendencia fiscal.

No lo ha hecho con la diligencia debida. Al menos así lo ha puesto de manifiesto la organización multilateral que ha afeado al Gobierno español su resistencia a la hora de identificar los países que se han podido ver afectados por los regímenes preferentes y acuerdos de establecimiento permanente aplicados por España en el pasado y también por esos 28 que tiene previsto seguir aplicando en el futuro, y también la demora a la hora de trasladar la información disponible a las jurisdicciones afectadas.

Según la información proporcionada por la OCDE, España ha reportado 36 informes relativos a acuerdos de aplicación de regímenes fiscales preferenciales a 15 países, 218 informes sobre acuerdos unilaterales de valoración alcanzados con multinacionales sobre precios de transferencia y otro tipo de estimaciones a 41 países y medio centenar sobre acuerdos de establecimiento permanente a una veintena de países. En total, más de 300 informes, que han dado lugar a alguna queja puntual de países receptores, por ejemplo, por la falta de identificación de la matriz a la que tendrían que vigilar.

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