La termosolar recurre el método de cálculo de la producción con combustible

  • La patronal termosolar Protermosolar ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra la normativa por la que se calcula la parte de la producción de las centrales termoeléctricas que es imputable al uso de combustible.

Madrid, 23 ene.- La patronal termosolar Protermosolar ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo contra la normativa por la que se calcula la parte de la producción de las centrales termoeléctricas que es imputable al uso de combustible.

Este recurso contra la orden ministerial IET/1882/2014 fue admitido a trámite por el Supremo el pasado 15 de enero, según figura hoy en el BOE.

El Gobierno aprobó en 2012 una normativa fiscal para la energía eléctrica en la que, entre otras cuestiones, estableció que las centrales termoeléctricas que complementen su producción con carburantes no podrían cobrar ayudas por la parte de la generación que se derive de estos.

Esta disposición se desarrolló en la orden ministerial IET/1882/2014 ahora recurrida, en la que se definen los métodos para calcular qué parte de la producción corresponde a los carburantes.

Además, el BOE publica hoy un recurso contencioso-administrativo de Siderúrgica Balboa contra la asignación del servicio de interrumpibilidad y otra de Frimancha Industrias Cárnicas contra la orden ministerial que define los parámetros de retribución de las renovables.

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