¿Conciliación? Empleo sancionó a 4.700 empresas por vulnerar las vacaciones

  • El Ministerio recaudó 4,4 millones de euros por infracciones del tiempo de trabajo que afectaron a 48.529 empleados.
Sanciones por saltarse vacaciones y descanso
Sanciones por saltarse vacaciones y descanso
Nerea de Bilbao

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social sancionó durante 2017 a un total de 4.736 empresas por incumplimiento de las normas en materia de tiempos de trabajo. Se trata de infracciones relacionadas con el descanso semanal, que no se respeta, y con las vacaciones anuales a las que todo empleado tiene derecho en una serie de condiciones, y que se incumplen. La cifra es preocupante en un país donde el fraude laboral todavía es elevado. En concreto, el dato de 2017 supera al de 2016, cuando se registraron 4.496 infracciones, lo que demuestra que pese a los esfuerzos de la Inspección por acabar con estas irregularidades hay empresas que siguen saltándose el disfrute del descanso del personal.

El cuadro de actuaciones y resultados de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de tiempo de trabajo correspondiente a 2017 contempla que un total de 48.529 trabajadores se han visto afectados por estas infracciones en relación con el descanso. Según los datos provisionales, y a la espera de conocer los definitivos, las 22.003 actuaciones desarrolladas a lo largo de todo el año pasado han supuesto para Empleo una recaudación de 4.426.116 euros (frente a los 5,5 millones de 2016), lo que implica algo menos de 1.000 euros de multa por cada vulneración de la normativa, según los datos suministrados por el Gobierno en una respuesta parlamentaria a la diputada socialista Rocío de Frutos. Las sanciones, por tanto, siguen siendo relativamente bajas.

La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social organiza todos los años una campaña específica para destapar fraudes en materia de control del tiempo de trabajo. En concreto, el organismo dependiente del Ministerio de Empleo inspecciona la jornada de trabajo, el empleo nocturno, las horas extraordinarias, los descansos semanales y los permisos en los términos que se recogen en el Estatuto de los Trabajadores. Así, cada año elabora una estadística en la que computa de forma conjunta el descanso semanal y las vacaciones.

Todas estas infracciones pueden transformarse en reclamación judicial si la Inspección de Trabajo determina que no ha habido un disfrute adecuado a derecho del descanso semanal y de las vacaciones. El trámite habitual es que estos litigios acaben en los juzgados de los social, que son los encargados de resolver si existe fraude de ley. Empleo también puede requerir a las empresas información adicional para decidir si presenta una reclamación judicial. En este caso, durante el año pasado se registraron 7.319 reclamaciones frente a las 9.083 de 2016.

La Inspección de Trabajo y Seguridad Social no solo consigue descubrir estas infracciones a través de su trabajo diario en las empresas. Utiliza también una herramienta de lucha contra el fraude que cruza de forma masiva todos los datos para identificar posibles actuaciones irregulares. A continuación procede a comprobar si, efectivamente, esa herramienta informática ha localizado una infracción administrativa.

Hay que recordar que la Seguridad Social está volcada en esta lucha contra el fraude a través del descanso insuficiente o las vacaciones no disfrutadas porque las infracciones generan irregularidades en la cotización de las mismas, según justifica Empleo. Existe, de hecho, una campaña específica de la Inspección para detectar falta de cotización en estas jornadas de descanso que son trabajadas y, por tanto, no contribuyen a Hacienda.

La jornada laboral de todos los españoles se encuentra por nueve reales decretos y leyes en los que se establece cómo deben ser los descansos. Entre otras cuestiones la legislación especifica que "la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual" y que "entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente mediarán, como mínimo, doce horas". Asimismo se reconoce en derecho "a un descanso mínimo semanal, acumulable por períodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo".

La Informacion adelantó la semana pasada los datos de fraude laboral en los que se recogía que la Inspección de Trabajo del departamento que dirige Fátima Báñez no para de abrir inspecciones y sancionar a aquellas compañías que no cumplen la legalidad. Así, en 2017 se abrieron 508.099 actuaciones de las que 85.447 terminaron en infracción o en un requerimiento de información para conocer la situación de los trabajadores. En total, el Ministerio de Empleo calcula que desde 2012 hasta 2017 las actuaciones de la Inspección de Trabajo han logrado aflorar 20.490 millones de euros.

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