Las comunidades de vecinos, obligadas a hacer más obras de accesibilidad


Las comunidades de vecinos tendrán que costear más obras de accesibilidad en sus inmuebles de las que pagan actualmente, si queda tal y como está redactado ahora el proyecto de ley que adaptará parte de la legislación española a la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobado esta semana en el Congreso de los Diputados.
El texto, que ahora pasa al Senado, reforma, entre otras, la Ley de Propiedad Horizontal para obligar a las comunidades a sufragar las obras de accesibilidad que requieran los vecinos con discapacidad o mayores de 70 años y cuyo coste no supere 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Concretamente, el proyecto señala que "la comunidad, a instancia de los propietarios en cuya vivienda vivan, trabajen o presten sus servicios altruistas o voluntarios personas con discapacidad, o mayores de setenta años, vendrá obligada a realizar las actuaciones y obras de accesibilidad que sean necesarias para un uso adecuado a su discapacidad de los elementos comunes, o para la instalación de dispositivos mecánicos y electrónicos que favorezcan su comunicación con el exterior, cuyo importe total no exceda de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes".
Hasta el momento, la Ley de Propiedad Horizontal obliga a las comunidades de vecinos en las que haya personas con discapacidad o mayores de 70 años a costear las mejoras de accesibilidad si su importe total no excede de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes.
Puesto que los grupos parlamentarios entienden que esta modificación puede suponer un problema para los propietarios con bajos ingresos económicos, han establecido una excepción en la futura norma para excluir del pago de la derrama por obras de accesibilidad a los vecinos cuyos ingresos anuales sean inferiores a 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (Iprem).
Esta excepción se aplicará "excepto en el caso de que las subvenciones o ayudas públicas a las que la unidad familiar pueda tener acceso impidan que el coste anual repercutido de las obras que le afecten, privativas o en los elementos comunes, superen el 33% de sus ingresos anuales".
EMPRESAS QUE NO CUMPLEN
Otro de los aspectos modificados en este proyecto de ley, que a su vez reforma una docena de normas, alude al castigo que recibirán las empresas que incumplen la obligación legal de contratar a personas con discapacidad.
En concreto, según el texto salido del Congreso, las empresas que quieran optar a contratos públicos deberán acreditar que cumplen con lo dispuesto en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos, "relativo a la obligación de contar con un 2 por 100 de trabajadores con discapacidad o adoptar las medidas alternativas correspondientes".
A este respecto, Francisca Medina, del PSOE, ha anunciado que si bien el punto anterior fue aprobado, su grupo tratará de negociar una modificación en el Senado, ya que tal y como está ahora redactado puede entrar en contradicciones con normativa europea.
En la misma línea, el proyecto indica que las empresas obligadas por ley a tener en su plantilla al menos un dos por ciento de trabajadores con discapacidad, o en su defecto, a cumplir con medidas alternativas de carácter excepcional, que no lo hagan "perderán automáticamente las ayudas, bonificaciones y, en general, los beneficios derivados de la aplicación de los programas de empleo, con efectos desde la fecha en que se cometió la infracción".
Del mismo modo, las empresas que no cumplan con este precepto podrán quedar excluidas del acceso a tales beneficios por un período máximo de dos años.
El texto que la Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo del Congreso ha enviado a la Cámara Alta se queda un poco corto para el Partido Popular, que considera que podía haber sido "más ambicioso", aunque como todos los grupos lo ve "necesario" y útil para las personas con discapacidad.

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