Complemento de desempeño 

La ley de Función Pública deja en el aire los criterios para incentivar a los funcionarios

El proyecto de ley deja para un desarrollo reglamentario posterior, que negociará con los sindicatos, el listado de criterios a seguir para evaluar el trabajo de los empleados públicos, así como los 'premios' y la partida destinada. 

Isabel Rodríguez
La ley de Función Pública deja en el aire los criterios para incentivar a los funcionarios. 
EUROPA PRESS

El Consejo de Ministros ha dado luz verde al proyecto de la ley de Función Pública que ahora debe superar la tramitación parlamentaria, a escasas semanas de las elecciones autonómicas y municipales, mientras parece improbable que cualquier texto prospere tras el receso estival de la actividad parlamentaria. Esta norma aspiraba a dar respuesta a las demandas que los sindicatos del sector público pedían desde 2007, con el objetivo de poner en valor el trabajo de los empleados de la Administración General del Estado (AGE) y mejorar los servicios públicos.  Entre ellas se encontraba el establecimiento de un sistema de evaluación del desempeño de los trabajadores públicos. Sin embargo, la falta de concreción respecto a los criterios que se tendrán en cuenta para llevarla a cabo y los incentivos que se aplicarán en caso de que la valoración sea positiva, han llevado a CSIF a calificar esta iniciativa como "papel mojado". 

El Gobierno aprobó el anteproyecto de ley el 20 de diciembre en primera vuelta, que ha recibido hasta 1.000 aportaciones de 400 participantes en el proceso de información pública, según trasladó la portavoz del Ejecutivo, Isabel Rodríguez. Un proceso en el que las asociaciones han tenido un papel destacado en el marco de la mesa de negociación de la AGE, a pesar de que el acuerdo respaldado por UGT y CCOO no ha convencido a CSIF. El último texto no entra a concretar algunas de las figuras comprendidas en la norma, como la evaluación del desempeño, tarea que deja en manos de un desarrollo reglamentario posterior, algo que la Central Sindical Independiente y de Funcionarios interpreta como una "falta de garantías en la necesaria negociación colectiva" que además puede vulnerar el principio de reserva de Ley. 

Begoña Gil, portavoz de CSIF en la Administración General del Estado, insiste en conversación con La Información que la asociación sindical no está en contra de que se establezca un sistema de evaluación del trabajo de los profesionales del sector público, algo que se establece en el Estatuto Básico del Empleado Público. Sin embargo, si se niegan a dar por bueno un sistema que no sea objetivo y no incluya una serie de garantías, dado que entienden que es fundamental que la evaluación del desempeño sea transparente y responda a criterios objetivos y homogéneos. Por ello, ven problemático que en el texto se impida la participación de la parte social, es decir, los sindicatos, en la comisión evaluadora, ya que entienden que esto coarta su capacidad de reacción en el caso de que haya indicios de que el examen no ha sido objetivo. 

En cambio, el papel de los representantes de los trabajadores queda reducido a los casos en los que se produzca una evaluación negativa que debe ser trasladada a las organizaciones sindicales. Además, esta debe ser motivada y tiene carácter de acto administrativo, por lo que existe la posibilidad de presentar un recurso frente a ella, según explica Antonio González, portavoz de UGT Servicios Públicos en la Administración General del Estado. No obstante, desde la Unión General de Trabajadores celebran que el Gobierno haya garantizado la participación de los sindicatos en el proceso para fijar los criterios de evaluación que respondan a los estándares de objetividad, transparencia e imparcialidad. A pesar de que la ley de Función Pública solo vaya a establecer unos "criterios orientadores". 

Quedará pendiente para otra legislatura

El trámite parlamentario también ofrece la posibilidad de incorporar mejoras a través de enmiendas, por lo que CCOO ha comenzado a trabajar con distintas formaciones políticas con el objetivo de garantizar que no se produzcan retrocesos. Miriam Pinillos, secretaria de Políticas Públicas FSC-CCOO, admite a este diario que el Ejecutivo no les ha transmitido un plazo objetivo para sacar adelante la ley o el desarrollo reglamentario posterior, aunque valora positivamente que el proyecto de ley haya fijado plazos para la negociación colectiva. El desarrollo del complemento de la carrera profesional, que pone hincapié en los movimientos horizontales, tiene estipulado un periodo de seis meses, mientras que para el resto de cuestiones este asciende al año. Por lo que a todas luces los incentivos para premiar la conducta y el logro de resultados de los empleados de la AGE quedarán aplazados para la próxima legislatura. 

Tanto CCOO como UGT ponen en valor que tras la mesa de negociación el texto se haya centrado en premiar el desempeño positivo en lugar de establecer castigos o desincentivar los errores. La propuesta normativa establece tres efectos positivos: la respuesta a las necesidades de formación del personal, la progresión en la carrera profesional y el complemento del desempeño. Sin embargo, como reprochan desde CSIF el importe de este complemento no ha sido estipulado y depende enteramente de que se destine una partida específica dentro de los Presupuestos Generales del Estado, por lo que entienden que la redacción actual también plantea problemas desde la perspectiva económica.

Por el contrario, los efectos negativos se han minimizado, al haber eliminado la posibilidad de recusar al empleado de su puesto tras una evaluación negativa dentro del apartado que versa sobre la evaluación del desempeño. No obstante, CSIF subraya que sí se recoge esta posibilidad en el caso de que el trabajador haya accedido al puesto de trabajo a través de un concurso, por lo que no se puede defender que hayan desaparecido estos efectos. Este es uno de los aspectos que ha llevado a CSIF a dar un paso al lado en el último acuerdo, organización sindical que también aboga por acabar con los seis meses hasta la entrada en vigor de la ley y los otros seis para el establecimiento de los criterios de evaluación. Un periodo al que habría que sumar el plazo que destine cada departamento para elaborar su planificación estratégica. 

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