'Pinchazo' de la norma

La 'ley rider' deja de ser el gran reto de Díaz y acaba en un texto descafeinado

El Ministerio de Trabajo traslada su última propuesta a los agentes sociales: un documento de cara y media que dista mucho de lo que se planteó al inicio de la negociación. Aun así, la patronal se mantiene en el 'no'.

La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en el Congreso de los Diputados.
Ley rider: de la gran aspiración de Díaz a un texto descafeinado de escaso alcance
EP

La prebautizada como 'ley rider' es un ejemplo interesante de cómo una regulación que aspiraba en sus inicios a poner patas arriba el statu quo laboral va a terminar por convertirse en una mera traslación al Boletín Oficial del Estado del criterio judicial que ha sentenciado que los repartidores de plataformas digitales como Glovo o Deliveroo son falsos autónomos. Después de más de tres meses de negociaciones con la patronal y los sindicatos, poco queda sobre el papel de la propuesta inicial del Ministerio de Trabajo. El tira y afloja con los empresarios -y los ya persistentes roces con el área económica del Gobierno- han forzado a Yolanda Díaz a rebajar considerablemente las modificaciones que planeaba aplicar en este terreno.

Un recorrido por los distintos borradores que se han manejado en la mesa de diálogo social a lo largo de estos tres meses de intensas negociaciones y un total de ocho reuniones da fe de cómo se ha descafeinado la norma. Para empezar, un detalle de continente: el texto ha pasado de ocupar cuatro caras de folio a apenas una y media. Y respecto al contenido, ya de primeras habla por sí sola la desaparición del encabezado que colocó el Ministerio en el primer documento confidencial que adelantó en exclusiva La Información: "Anteproyecto de ley contra la huida del derecho del trabajo a través de las nuevas tecnologías". En el último borrador, al que ha tenido acceso este medio, no hay ni rastro de esa controvertida nomenclatura.

Detalles aparte, el último texto remitido a la patronal y los sindicatos en la reunión del pasado miércoles contiene un único artículo que modifica el Estatuto de los Trabajadores para otorgar al comité de empresa el derecho a ser informado y consultado sobre "la implantación y  revisión de sistemas de organización y control del trabajo, estudios de tiempos, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de puestos de trabajo, incluido cuando deriven de cálculos matemáticos o algoritmos" e incluir en el ámbito de aplicación de la ley a "las personas que presten servicios retribuidos consistentes en el reparto o distribución por parte de una proveedora de servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos informáticos o digitales, de cualquier producto de consumo o de mercancía a terceros, a través de cualquier clase de medios, incluidos los tecnológicos o derivados de algoritmos".

Se establece, además, que "concurre la condición de empleadora en aquellas empresas proveedoras de servicios de intermediación en línea a través de plataformas, aplicaciones u otros medios tecnológicos informáticos o digitales que sean agente primordial de la actividad en el mercado o aporten o controlen los activos esenciales, aun cuando las facultades empresariales de organización, dirección o control se manifiesten de forma implícita o indirecta, sea o no a través de la gestión algorítmica del servicio, incluyendo los supuestos en que una eventual flexibilidad por parte de la persona trabajadora en la ejecución del trabajo sea solo aparente, bien llevar aparejada la posibilidad de cualquier consecuencia negativa o perjuicio algorítmico, bien poder tener repercusión en el mantenimiento de su trabajo, en su volumen o en el resto de sus condiciones de trabajo".

Y por último, se crea un Observatorio tripartito de Plataformas Digitales, que quedará adscrito al Ministerio de Trabajo y Economía Social, y del que formarán parte el propio Ministerio y las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, de forma paritaria.  El Observatorio seguirá la evolución de la actuación de las plataformas digitales en el ámbito laboral, publicando, al menos, con una periodicidad anual, un informe sobre esta concreta materia. Y hasta ahí abarca la propuesta final de Trabajo.

Por el camino de la negociación se han quedado multitud de medidas de mucho mayor alcance. Una de las más importantes, que supuso de hecho uno de los principales puntos de fricción con la patronal, era la creación de un registro de plataformas digitales, de obligatoria inscripción para las empresas y de acceso público, en el que debían constar datos como: la actividad y sector en el que se integra la plataforma y el convenio sectorial y empresarial aplicables; el modelo de organización del trabajo; la descripción de los diferentes puestos de trabajo; el número de trabajadores de la plantilla; el capital inicial y la procedencia del mismo, incluidas las ayudas económicas públicas; y lo más importante, el algoritmo aplicado para la organización de la actividad, que debía incluir, como mínimo, el pseudo código o diagrama de flujo utilizado, así como los sistemas de reputación utilizados, en su caso, y a quién se aplican.

El registro se cayó del texto tras la fuerte presión que ejercieron los lobbies y después de constatar Trabajo que, tal y como estaba planteado, sobrepasaba sus competencias y entraba en el terreno de Asuntos Económicos, al constituir prácticamente un registro mercantil. Pero no fue lo único que desapareció de la norma a medida que fueron reeditándose los borradores. Otra de las medidas que se llegó a plantear negro sobre blanco por parte del Ministerio fue la imposición de un plus salarial para los trabajadores que utilicen habitualmente sus propios equipos (como la bicicleta o el teléfono móvil) en el desarrollo de la actividad laboral. Esa idea de compensar el uso de medios propios con una retribución específica se transformó después en una obligación hacia las plataformas de poner a disposición de sus empleados los equipos necesarios para desempeñar su trabajo. Pero nada de esto queda ya en la propuesta ministerial.

En otros borradores se llegaron a plantear cambios como que los trabajadores de las plataformas tendrían derecho a conocer sus franjas horarias semanales efectivas con un mínimo de 48 horas de antelación o que los empresarios estarían obligados a adoptar todas las medidas necesarias para garantizar que los equipos de trabajo utilizados por los empleados son adecuados en términos de seguridad y salud. Pero ninguna de estas medidas sobrevivieron a la negociación y en estos momentos no se contemplan en el último documento redactado por el equipo de Díaz.

Solo afecta a los 'riders'

También ha variado el colectivo sujeto a regulación. En un principio el Ministerio abrió la puerta a que la normativa afectase al conjunto de las plataformas digitales, pero fue rebajando su posicionamiento hasta focalizar la nueva ley en los conocidos como 'riders'. En el último borrador, de hecho, se habla específicamente de las personas que distribuyen productos de consumo o mercancías a terceros, lo que afectaría a empresas como Glovo, Deliveroo o Just Eat, pero también a repartidores de Amazon, donde la Inspección de Trabajo ya ha detectado falsos autónomos. Los sindicatos, que inicialmente presionaron para que la nueva regulación abarcase al conjunto de los trabajadores de las plataformas digitales, ahora se conforman con que se limite a los 'riders' si bien interpretan que la propuesta de Trabajo "sienta las bases para que se reconozca la condición de empresario y de trabajadores por cuenta ajena en el caso de aquellas plataformas digitales que fraudulentamente están utilizando la figura de los falsos autónomos".

En cualquier caso, fuentes sindicales hablan de una propuesta "descafeinada" que poco o nada tiene que ver con las aspiraciones iniciales del Ministerio de Trabajo. "Básicamente, lo que se anunciaba como una gran regulación se va a quedar en una mera traslación al BOE de la sentencia del Tribunal Supremo", se queja un dirigente sindical que asume que Yolanda Díaz ha ido rebajando su planteamiento para intentar seducir a la patronal. Pero la CEOE sigue sin querer oír ni hablar de regular las plataformas, hasta el punto de que no ha planteado ni una propuesta a la mesa de diálogo social. Está previsto que se convoque una reunión la próxima semana y los sindicatos estarían dispuestos a firmar un pacto ese mismo día, por lo que, si los empresarios siguen en sus trece, Díaz podría tomar la decisión de llevar el anteproyecto de ley al Consejo de Ministros con un acuerdo bipartito con los sindicatos en el que no estuviera la CEOE.

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