Recae en los ayuntamientos

La Ley de Vivienda dejará en el aire la limitación de los alquileres turísticos

Varios grupos progresistas habían presentado enmiendas para establecer un máximo en función de la población, pero, fuentes parlamentarias denuncian que esta cuestión no ha llegado a abordarse por resistencia del PSOE. 

Calviño
La Ley de Vivienda dejará en el aire la limitación de los alquileres turísticos. 
EUROPA PRESS

La Ley de Vivienda encara su última fase en el Congreso de los Diputados después de que un acuerdo entre el Gobierno, ERC y EH Bildu desengrasase la fase de comisión, que ha superado este jueves con una sonada abstención del Partido Nacionalista Vasco (PNV). La norma, que si no hay inconvenientes será votada y aprobada el próximo jueves en pleno, se ha centrado en abordar la problemática del alquiler. El texto establece un tope a las subidas que tendrá que ser inferior al IPC a partir de 2025, introduce bonificaciones fiscales en el IRPF de los propietarios, a los que carga los costes de la inmobiliaria, habilita a las comunidades autónomas a limitar el precio en las zonas tensionadas y permite a los ayuntamientos que eleven hasta el 150% el IBI para las viviendas que lleven más de dos años vacías. 

Sin embargo, no ha entrado a regular los alquileres turísticos, a pesar de que varias de las formaciones que componen el Grupo Plural (Más País, el Bloque Nacionalista Gallego y Compromís) habían planteado enmiendas en este sentido, al igual que el Grupo Confederal de Unidas Podemos y EH Bildu. El primer texto, aprobado por el Gobierno en Consejo de Ministros en febrero de 2022, llegó ese mismo mes a la Cámara Baja, donde ha permanecido atascado en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana casi un año. Los grupos parlamentarios presentaron un total de 860 enmiendas, es decir, propuestas de cambios, de las que apenas cinco hacían referencia al alquiler turístico, y ninguna de estas aportaciones será finalmente incluida en la ley.

Estas formaciones políticas entendieron a comienzos de 2022 que era un error que el Ejecutivo no hubiese reparado en ese tipo de alquiler en la redacción del proyecto de ley y coincidían en tres aspectos: las administraciones competentes debían impulsar políticas orientadas a ordenar el arrendamiento turístico de viviendas, se tenía que reforzar la inspección de las licencias turísticas y se tenía que establecer un límite por el que la oferta turística en este tipo de alojamientos no pudiera exceder el 2% de la población local, con el objetivo de que los vecinos no se vieran desplazados. Sin embargo, fuentes parlamentarias señalan que esta materia no se ha llegado a negociar en serio por las resistencias del grupo mayoritario en el Gobierno, el PSOE. 

Las enmiendas presentadas por los partidos de Íñigo Errejón, Néstor Rego y Joan Baldoví han sido desestimadas, mientras que EH Bildu y Unidas Podemos han retirado las suyas después de cerrar el acuerdo que ha activado el rodillo parlamentario. Tras estar un año "guardada en un cajón", la Ley de Vivienda será aprobada en tres escasos días de sesiones, uno de ponencia, uno de comisión y el último, en el que se llevará a cabo la votación en el pleno, como ha reprochado la portavoz de Coalición Canaria, Ana Oramas, este jueves. Las mismas fuentes parlamentarias explican que algunas formaciones señalaron en las conversaciones iniciales que regular el alquiler turístico podría invadir las competencias de los municipios como argumento para esquivar esta cuestión. 

¿Quién tiene la competencia de vivienda?

Sin embargo, este razonamiento presenta lagunas, dado que el problema competencial ha estado presente en todas las conversaciones sobre esta norma, prueba de ello es que se han aceptado eliminar cinco artículos del texto inicial elaborado por el Gobierno, a petición de Junts per Catalunya por invadir competencias autonómicas. En cambio, el titular de lo referido a los alquileres turísticos serían los municipios, por lo que las decisiones deberían ser tomadas por los diferentes ayuntamientos. Lo cierto es que no es sencillo determinar quién tiene las competencias de vivienda, porque la legislación y la jurisprudencia recoge un gran cúmulo de detalles. 

La Constitución establece que las comunidades autónomas pueden asumir las competencias de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda en su artículo 148.1. Y así lo han hecho, pasando a ser esta su competencia exclusiva. Sin embargo, el 149.1 recoge que el Estado es el único encargado de establecer las "condiciones básicas de ejercicio de los derechos constitucionales", entre los que se incluye la vivienda, mientras que la ley 7/1985 Reguladora de las Bases del Régimen Local reserva a los municipios competencias en materia de urbanismo a través de las que regulan cómo actuar en el territorio, sin que en ningún caso entre en conflicto con la norma autonómica. 

En síntesis, los ayuntamientos serían los encargados de establecer la regulación más al detalle de los alquileres turísticos, por lo que el debate en el plano nacional quedaría en comprobar si los consistorios que quieran establecer limitaciones de precio o concesión de licencias están en condiciones de hacerlo, para, si no es así, dotarlos de los instrumentos oportunos. Precisamente esto es lo que se ha hecho en el plano de los alquileres convencionales, según ha destacado en la Comisión de Agenda Urbana la diputada de Esquerra Republicana Pilar Vallugera i Balañà, hacer viable que las comunidades autónomas y los municipios puedan establecer límites a los precios al declarar una zona como tensionada, como trató de hacer la Generalitat hasta que recibió una sentencia en contra del Tribunal Constitucional. 

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