Los cinco frentes abiertos de la reforma laboral española

  • El prestigioso profesor del IESE Sandalio Gómez ha dado cinco soluciones para mejorar el contenido de la reforma laboral durante su trámite parlamentario. Su principal petición es que la indemnización por despido improcedente sea de 33 días para todos los contratos. Además, aboga por generalizar sin restricción alguna el contrato de fomento a la contratación indefinida.
E.U.

“Todas mis ideas están apoyadas en iniciativas que ya se tomaron en la reformas laborales anteriores”, asegura Sandalio Gómez. El profesor del IESE, una de las voces más autorizadas en relaciones laborales y asesor de grandes compañías como Telefónica o Repsol, cree que la reforma laboral aprobada por el Gobierno se va a modificar en el trámite parlamentario.

Gómez, que es partidario de eliminar la ultraactividad de los convenios colectivos para que éstos puedan adaptarse a la realidad de la economía española y que hizo especial hincapié en la necesidad de que se incentive la búsqueda de empleo frente a la desidia que provocan los dos años de cobro del subsidio de desempleo, tiene cinco grandes propuestas:

-Indemnización de 33 días. Por despido improcedente, para todo tipo de contratos y con un tope de dos años. Si el despido es procedente, la indemnización debería ser de 20 días hasta un máximo de un año.

-Más concreción.“No puede ser que en el caso de despido objetivo, la falta de concreción haga que la decisión dependa de un juez”, asegura Gómez. El profesor cree que hay que especificar más las causas de despido objetivo que ya se ampliaron en la reforma de 1994 para limitar al juez su capacidad de interpretación.

-Dar vía libre al contrato de fomento a la contratación indefinida. Gómez aboga por apoyar sin reservas esta modalidad de contrato, creado en la reforma de 1997 y ampliado ahora. Lo que propone el profesor es que este contrato sea válido para todo tipo de personas, sin restricción de ningún tipo. La diferencia entre este contrato y el fijo estándar está en la indemnización en caso de despido: 33 y 45 días, respectivamente.

-Contratos temporales de fomento del empleo.“Deberíamos fomentar durante al menos tres años este contrato, que desapareció en 1994”, asegura. Esta modalidad, creada en la época en la que gobernaba Felipe González en un momento en el que desempleo azotaba con dureza a la sociedad española, podría tener sentido ahora, según Gómez. Respecto a las críticas a la temporalidad, asegura que “lo importante es que la gente pueda trabajar. Llevamos seis reformas intentando reducir la contratación temporal y no lo hemos conseguido”, asegura.

-Contrato de inserción. Sólo para los que acceden por primera vez al mercado laboral, a los jóvenes menores de 30 años y a los parados de larga duración. “En este caso, sería necesario reducir a cero las aportaciones de las empresas a la Seguridad Social. Es decir, mejorar las condiciones de la reforma de 1994”, asegura el profesor.

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