Los contribuyentes esperan hasta 20 años cuando se enfrentan con Hacienda

    • Asegura que litigar con Hacienda se convierte en una "cadena perpetua procesal".
    • Denuncia que el sistema sólo garantiza la tutela efectiva a las empresas del Ibex.
Imagen de una delegación de la Agencia Tributaria.
Imagen de una delegación de la Agencia Tributaria.
Bruno Pérez

El que sigue es un caso real. La Oficina del Defensor del Contribuyente recibió hace unos años, pero ya bien entrado este siglo, una queja por el modo en que el Tribunal Supremo había sustanciado la ejecución de una sentencia relacionada con una controversia fiscal.

El asunto no tendría mayor interés si no fuera porque la sentencia objeto de la queja se refería a una liquidación del Impuesto General de Tráfico de Empresas, una figura que no existe en el ordenamiento tributario español...desde 1985.

¿Una anecdótica excepción? Parece que no. La presidenta del Consejo de Defensa del Contribuyente, María Teresa Soler, subraya en la última memoria del organismo que esperar de 15 a 20 años a que los tribunales resuelvan las controversias fiscales de los contribuyentes con Hacienda lejos de ser la excepción, es habitual.

Soler no se muerde la lengua a la hora de denunciar los obstáculos que el sistema pone a los contribuyentes para defender sus derechos.

Califica de penoso el itinerario desde que se pone de manifiesto una controversia tributaria hasta que se resuelve y tilda de cadena perpetua procesal la situación de los contribuyentes en litigios con Hacienda por su incapacidad de obtener una respuesta en un periodo razonable de tiempo.

Las causas

Según la Defensora del Contribuyente, esta situación es particularmente grave porque el sistema tributario español es muy complejo, está sometido a continuos cambios y se basa en la autoliquidación, lo que obliga al contribuyente a interpretar a priori las normas fiscales y conduce a una gran litigiosidad.

Y cuando llegas al litigio empiezan los obstáculos. En la vía administrativa porque resulta poco eficaz y la dilación en los procesos puede llegar a los cuatro años; y en la jurisdiccional porque los jueces no tienen la formación tributaria suficiente y porque recurrir es poco menos que un privilegio.

Las últimas reformas del trámite procesal han elevado de 150.000 a 600.000 euros el peaje previo que el contribuyente debe adelantar para interponer un recurso de casación en el Tribunal Supremo.

La Defensora del Contribuyente denuncia que esta tasa hace inaccesible de hecho el acceso a recurrir al Supremo para particulares y pymes, y de facto reserva esta posibilidad únicamente a las empresas del Ibex.

En su opinión, esta situación unida a las interminables dilaciones del proceso cuestionan que el sistema preserve el derecho de los contribuyentes a una tutela judicial efectiva.

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