Los inspectores zarandean el impuesto a las 'tech': "Será muy difícil de controlar"

  • Avisan de que será muy farragoso, que roza la doble imposición y que su poder recaudatorio estará condicionado por su deducibilidad en Sociedades.
Fotografía Google China
Fotografía Google China
EFE

Sobre el papel, el alcance del Impuesto sobre Determinados Servicios Digitales, el nuevo impuesto a los gigantes tecnológicos que el Gobierno pretende activar en 2019 y a través del cual pretende recaudar nada menos que 1.200 millones de euros, esenciales para cumplir con el Plan Presupuestario remitido a Bruselas, está bastante definido. 

El impuesto gravará la prestación de determinados servicios digitales con una participación directa de los usuarios y que suponen una contribución esencial al proceso de creación de valor de la compañía. ¿De qué servicios estamos hablando? Hacienda los precisó en el documento enviado a Bruselas: los servicios de publicidad en línea que ofrecen las grandes plataformas tecnológicas como Google, los servicios de intermediación que plantean AirBnb o Uber, y la venta de los datos recopilados a partir de su interacción con los usuarios, esa actividad económica que surge de la explotación aparentemente gratuita que los usuarios hacemos de determinadas plataformas digitales y que reportan pingües beneficios a éstas.

Sobre el papel, un espacio fiscal virgen que la Administración Tributaria española pretende comenzar a explotar, en el marco de una ofensiva europea y global para evitar la estrategia de los gigantes tecnológicos para residenciar su actividad allí donde pagan menos impuestos. Pero el asunto es más enrevesado de lo que parece y así se han encargado de ponerlo de manifiesto los inspectores de Hacienda reunidos por su principal organización profesional (IHE) en Alicante para desentrañar los secretos de la fiscalidad digital.

La primera razón para la incertidumbre es la ausencia de un referente sobre lo que puede suceder a la hora de aplicar un impuesto de esta naturaleza. En el ámbito de la Unión Europea ha habido intentos más o menos exitosos por gravar la nueva economía digital, pero ninguno con el alcance que pretende España. "No hay nada parecido en la Unión Europea y es posible que tampoco en el ámbito OCDE", han admitido Francisco Fernández Monge y Jorge Ferreras Gutiérrez, inspectores de Hacienda destacados en la Representación Permanente de España ante la UE en Bruselas.

El asunto no es menor porque, en caso de activarse el impuesto en España, nos convierte en el laboratorio de ensayo de un impuesto que según advirtió la OCDE puede generar distorsiones en la competencia, provocar desplazamientos de actividad hacia otros países y generar problemas jurídicos por la posibilidad de generar una doble imposición.

Todas esas posibles distorsiones las va a descubrir España antes que nadie, así como su poder recaudatorio real. El Gobierno ha pintado en su plan presupuestario una ambiciosa previsión de ingresos de 1.200 millones de euros, pero la previsión está sometida a un importante umbral de incertidumbre, no solo porque no haya ninguna experiencia anterior sobre lo que puede generar el impuesto sino también porque las compañías pueden tratar de deducirse el gasto por el impuesto en el Impuesto de Sociedades, lo que haría que lo comido se fuera por la vía de lo servido. De otro modo, adiós a una parte de esos ingresos extra...

Una yincana para buscar ingresos

Los inspectores de Hacienda auguran que será complicada hasta la simple aplicación del impuesto. Y lo ejemplifican en la intención de gravar los servicios de publicidad online. Las grandes plataformas tecnológicas cierran acuerdos con empresas de implantación planetaria para insertar sus comerciales en todo el mundo y a las personas que más les interesan. ¿Cómo controlar cuándo ese anuncio comercial se activa en España, en Francia o en Tailandia? "Exige que las plataformas tenga una trazabilidad precisa sobre todas las conexiones y desde dónde se realizan. Y es muy posible que la tengan, pero no sé si será tan sencillo que la Administración Tributaria pueda controlarlo", ha advertido el consejero de Finanzas de la Reper, Jorge Ferreras.

En otros servicios, el hecho imponible se aplicará en el lugar en el que se aplique la transacción. "El impuesto se ha pensado a nivel europeo y la aplicación por país puede generar complicaciones", ha advertido Fernández Monge. "La aplicación del impuesto será muy farragosa. Hay tener localizadas todas las IP para poder aplicar el impuesto y existen dudas sobre la fiabilidad que pueda tener esa información", advierte.

"Al final, la aplicación de un impuesto de esta naturaleza exige una relación cooperativa permanente entre todas las Administraciones Tributarias y habrá que ver si estamos en ese punto", ha concluido, Abelardo Delgado, inspector en excedencia y profesional de Garrigues.

Mostrar comentarios