El Pleno ordinario de marzo del Ayuntamiento de Madrid aprobó hoy, a propuesta del Área de Economía, Hacienda y Administración Pública, una modificación del Reglamento de Ordenación del Personal de la institución, para incluir un nuevo artículo en el que se prohíbe el nombramiento de familiares de concejales para ocupar puestos eventuales de confianza.
El nuevo artículo establece textualmente que “no se podrá nombrar como personal eventual a las personas que, en el momento de su nombramiento, tengan un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable, o parentesco de consanguinidad o de afinidad dentro del cuarto grado, con cualquier concejal del Ayuntamiento de Madrid.”
Esta limitación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
El Ayuntamiento quiso puntualizar que, aunque la confianza es una cuestión subjetiva y la ley permite que estas designaciones se hagan con libertad, con esta modificación pretende poner de manifiesto su voluntad de "ir perfilando los márgenes razonables en que debe moverse la designación de este tipo de personal".
Madrid. Los familiares de concejales no podrán ser contratados como personal de confianza
NOTICIA
27.03.2015 - 00:00h
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