Prestaciones económicas

Me quitaron el subsidio de mayores de 52 años: estos pueden ser los motivos

Una de las ventajas de esta prestación es que el beneficiario sigue cotizando a la Seguridad Social para su futura jubilación, otro motivo por el que este debe ser sumamente cuidadoso para no perderla.

Una calculadora y euros.
Una calculadora y euros.
Imagen de Racool_studio.

El subsidio para mayores de 52 años es una ayuda económica diseñada específicamente para las personas que se encuentran en paro habiendo cumplido esta edad, razón por la que tropiezan con una infinidad de obstáculos al intentar volver a ingresar en el mercado laboral después de haber agotado todas sus prestaciones de desempleo. Si bien hay muchas personas que logran recibir esta ayuda hasta que cumplen la edad mínima de jubilación, no es poco común que algunos individuos pierdan el derecho a recibirla antes de ese momento, lo cual se puede deber a un número de razones.

Una de las ventajas de estas prestaciones es que el beneficiario sigue cotizando a la Seguridad Social para su futura jubilación durante todo el periodo en que las cobra, otro motivo por el que este debe ser sumamente cuidadoso para no perderlas, ya que no solo dejará de recibir el dinero, sino que tampoco cotizará durante el tiempo que dure la suspensión. Este derecho se reanudará lo antes posible desde el momento en que se vuelvan a cumplir todos los requisitos o que desaparezca el motivo por el que lo perdió. El reinicio se producirá de oficio si se trata de una sanción o si el mismo beneficiario lo solicitó, pero el plazo para solicitarlo de nuevo será de 15 días a partir de la extinción para el resto de las infracciones.

Las causas más comunes

El motivo más común por el que una persona deja de recibir el subsidio para mayores de 52 años es el incumplimiento de alguna de las obligaciones que implica, como lo sería proporcionar toda la información y documentación requerida reglamentariamente, comunicar a los servicios de empleo el domicilio a efectos de comunicaciones, aceptar las colocaciones adecuadas que propongan estos, devolver los abonos indebidos, inscribirse como demandantes de empleo y mantener y renovar la demanda, así como solicitar la baja cuando quepa, como cuando se comienza un trabajo por cuenta propia o ajena. 

También serán motivos de pérdida ser condenado penalmente a una pena privativa de libertad (a menos que tenga responsabilidades familiares y los ingresos de la unidad familiar estén por debajo del salario mínimo interprofesional), marcharse al extranjero por intenciones laborales o de formación durante un periodo inferior a 12 meses (o entre 15 y 90 días si es por otras razones), lo cual debe comunicarse a la entidad gestora, y empezar a recibir una prestación de maternidad o paternidad.

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