Menos trabas administrativas para operar en los sectores de hidrocarburos y eléctrico


El Consejo de Ministros aprobó este viernes dos reales decretos que modifican diversas disposiciones relativas a los sectores eléctrico y de hidrocarburos para adaptar sus normativas a la ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio (Ley Ómnibus).
Las modificaciones, cuyo objetivo es avanzar en el proceso de liberalización de la actividad de la comercialización en materia energética, tienen una incidencia directa sobre la actividad de nuevas potenciales comercializadoras y consumidores directos en mercado de energía eléctrica, y alrededor de 170 compañías de productos petrolíferos y de gas al por mayor.
En concreto, el real decreto por el que se adaptan determinadas disposiciones relativas al sector de hidrocarburos elimina las autorizaciones administrativas exigidas, hasta ahora, para realizar la actividad de operador al por mayor de gases licuados del petróleo; para la comercialización al por menor de gases licuados del petróleo a granel; para prestar el servicio de operador de distribución al por mayor de productos petrolíferos, y para el ejercicio de la actividad de comercializador de gas natural.
En todos estos casos el procedimiento de autorización es sustituido por la comunicación del inicio o cese de la actividad al Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, y desaparecen los correspondientes registros administrativos.
Se permite, igualmente, que los comercializadores europeos puedan operar en los mercados mayoristas de gas y capacidad de España, sin más requisito que la constitución de las garantías económicas que sean necesarias para realizar esta actividad. También habrá de existir una homologación de licencias.
SECTOR ELÉCTRICO
La Ley del Sector Eléctrico vigente ya eliminó la autorización para el ejercicio de la actividad de comercialización de energía eléctrica y suprimió la exigencia de inscripción en el registro para los consumidores y los consumidores directos en el mercado eléctrico.
Lo que hace el real decreto aprobado este viernes es modificar distintas normas que desarrollan estos aspectos como, por ejemplo, establecer los requisitos y garantías para actuar como consumidor directo y como comercializador, y describir los modelos de comunicación y de declaración responsable para cada uno de ellos.

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