La CNMV europea, contra los CFDs: busca limitar pérdidas y alertar más del riesgo

  • El 82% de los clientes que invirtieron en ellos sufrieron pérdidas, por lo que los organismos supervisores se ponen serios con estos productos.
Imagen de Sebastián Albella, presidente de la CNMV
Imagen de Sebastián Albella, presidente de la CNMV

La Autoridad Europea de Valores y Mercados (ESMA) ha iniciado una consulta pública sobre posibles medidas de intervención de productos relacionadas con la provisión de contratos por diferencias (CFDs) y opciones binarias a inversores minoristas.

Los resultados de estos productos están provocando demasiados quebraderos de cabeza a los organismos supervisores. En concreto, la CNMV ha emitido diversos avisos sobre la rentabilidad de los CFDs. Según los datos de su último estudio, el 82% de los clientes que invirtieron en ellos sufrieron pérdidas (el estudio es entre el 1 de enero de 2015 y 30 de septiembre de 2016). En concreto, las pérdidas de 30.656 clientes, ascendieron a 142 millones de euros (90 millones en comisiones y 52 pérdidas propiamente dichas). 

De hecho, el homólogo de la CNMV a nivel comunitario está considerando aplicar cinco medidas para proteger a los inversores minoristas de la comercialización de este tipo de productos y se está planteando introducir medidas específicas sobre CFDs en criptomonedas.

En concreto, las medidas que contempla la ESMA incluyen aplicar límites de apalancamiento en la apertura de una posición de cliente minorista, introducir una regla que garantice el cierre de una posición al alcanzar un determinado margen sobre la base de cada posición del cliente y limitar las pérdidas de los inversores particulares.

Además, considera aplicar una restricción a los proveedores de CFDs de incentivar a negociar a inversores minoristas e introducir una advertencia estandarizada sobre el riesgo de este tipo de productos, con una indicación del rango de pérdidas de las cuentas de inversores minoristas.

En relación a las opciones binarias, la posible medida que se contempla es la prohibición su comercialización, distribución y venta a inversores minoristas.

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