Por el 'escudo anti-opas'

Moncloa tiene seis meses para autorizar la opa de IFM sobre el 22,7% de Naturgy

La 'golden share' regulada por el Gobierno de Sánchez durante el estado de alarma obliga al fondo australiano a justificar la neutralidad de la operación para los intereses estratégicos de España.

Francisco Reynés, presidente ejecutivo de Naturgy
Francisco Reynés, presidente ejecutivo de Naturgy
NATURGY 

El Gobierno tendrá la última palabra en la operación de toma de control del 22,69% del capital de Naturgy que el fondo de inversión australiano IFM Investors ha dado a conocer este martes a través de la CNMV. El fondo no sólo deberá convencer con las condiciones financieras de la operación a los accionistas de la compañía sino que también deberá persuadir a las autoridades españolas de la neutralidad de la misma para los intereses estratégicos del país, 'blindados' desde el pasado mes de abril tras la suspensión del régimen de liberalización de las inversiones extranjeras, que ha reinstaurado el control del Gobierno sobre todas aquellas operaciones corporativas que pretendan hacerse con más de un 10% del capital de las empresas españolas consideradas estratégicas.

IFM lanza una OPA por hasta el 22,69% de Naturgy

Una vez planteada la oferta a los accionistas, el fondo de inversión deberá ahora tramitar la preceptiva solicitud ante la Dirección General de Comercio Internacional e Inversiones del Ministerio de Industria para activar el procedimiento que en condiciones normales debería desembocar en la autorización del Consejo de Ministros a la operación. Según el socio del despacho Ashurst, Jorge Vázquez, dicha solicitud se concreta a través de la presentación ante el Ministerio de un formulario en el que el comprador debe precisar la titularidad real de la sociedad que promueve la operación, el país de procedencia, el sector en el que opera, el porcentaje del capital que pretende tomar en la compañía española y una memoria justificativa en la que debe argumentar el objetivo de la operación y por qué ésta no representa riesgo alguno para los intereses estratégicos de España.

Un engorroso trámite burocrático que no tiene por qué comprometer la operación, pero que sí puede retrasarla en algunos casos, ya que el procedimiento administrativo común da al Gobierno hasta seis meses para resolver esta solicitud. Hasta la fecha el Ejecutivo no ha agotado ese plazo y la treintena de operaciones de inversión extranjera en empresas españolas que se han autorizado desde la activación de la 'golden share' en el Real Decreto de 1 de abril de 2020 se han resuelto sin mayores problemas.

Las fuentes consultadas advierten, no obstante, que la magnitud de la operación puede hacer que ésta se demore algún tiempo más de lo que ha venido siendo la norma hasta ahora. Aquí afloran también determinados problemas burocráticos, como la falta de adaptación de los formularios que Industria ha venido utilizando hasta ahora en las operaciones autorizadas hasta la fecha a la directiva europea. Es posible que ante una operación de tal magnitud, Industria tenga que actualizar esos formularios para que estén adaptados al estándar europeo, lo que puede generar algún pequeño retraso.

El Ministerio de Industria aguardaba este martes la llegada de la solicitud formal anunciada por IFM Investors en su comunicación a la CNMV para activar el procedimiento, que exigirá un primer examen de la operación por parte de los funcionarios del Ministerio de Industria y una evaluación posterior a partir de ese examen por parte de la Junta de Inversiones Exteriores, en la que ya están representados otros ministerios y singularmente la Vicepresidencia de Asuntos Económicos. Una vez superados estos dos trámites, la solicitud llegaría en última instancia al Consejo de Ministros para su autorización definitiva.

'Golden share' contra inversores no deseados

El Gobierno aprobó el pasado mes de abril este régimen de autorización previa sobre las operaciones de toma de control de empresas estratégicas españolas como una medida transitoria, que luego se convierto en permanente en el mes de junio y que en noviembre se amplió no sólo a los inversores de fuera de la UE sino también a los de la propia Unión Europea.

Este mecanismo de control habilita al Gobierno para bloquear cualquier maniobra de inversores no españoles orientada a ostentar una participación igual o superior al 10% del capital social de una sociedad española o a tomar el control de su órgano de Administración, según precisa la normativa hasta ahora solo vigente para empresas ajenas al espacio UE. Su objetivo es el mismo. Establecer un blindaje regulatorio para las empresas de una serie de sectores estratégicos en un contexto especialmente delicado. Ese perímetro alcanzaría a empresas encargadas de gestionar infraestructuras críticas para el funcionamiento del Estado (energía, transporte, agua, sanidad, comunicaciones, medios de comunicación, tratamiento o almacenamiento de datos, aeroespacial, de defensa, electoral o financiera, según detalla el texto gubernamental), compañías de tecnologías críticas y productos de doble uso (hablamos aquí de empresas de ciberseguridad, tecnologías de la defensa...), empresas encargadas del suministro de insumos fundamentales (sector eléctrico y de hidrocarburos), sectores con acceso a información sensible y datos personales; y, finalmente, empresas de medios de comunicación.

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