Más margen para gastar 

Montero renuncia a su control previo del gasto para agilizar la respuesta a la crisis

  • Suspende de manera excepcional el control previo del Ministerio de Hacienda sobre el gasto de los ministerios para facilitar la respuesta al Covid-19.
Fotografía María Jesús Montero y Nadia Calviño / EFE
Fotografía María Jesús Montero y Nadia Calviño / EFE

Una de las primeras medidas de política económica que adoptó el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero cuando allá por junio de 2008 parecía ya evidente que España caminaba hacia una crisis y que la situación era más grave de lo que se había previsto fue decretar el control previo del Ministerio de Hacienda sobre los gastos y obligaciones reconocidas por todos y cada uno de los organismos de la Administración General del Estado, organismos autónomos, entidades gestores y servicios generales de la Seguridad Social. La medida instauró un mecanismo de fiscalización 'ex ante' -ya previsto en la norma, pero no activado hasta entonces- en virtud del cual el aval técnico de la Intervención General del Estado se convirtió en preceptivo para dar cauce a cualquier iniciativa del sector público estatal que acarreara un incremento del gasto presupuestario.

El esquema activado entonces -en los albores de la devastadora crisis económica y financiera que empujó a España a la recesión entre finales de la pasada década y principios de ésta- se ha mantenido, e incluso endurecido, desde entonces y ha consolidado un esquema de control total por parte del Ministerio de Hacienda que ha regido de forma inexorable...hasta ahora. La crisis del coronavirus obligó el pasado viernes a Bruselas a suspender las estrictas normas presupuestarias impuestas por el Pacto de Estabilidad y Crecimiento, obligando a la Comisión a activar por primera vez la 'cláusula de escape' de ese acuerdo, y ahora ha obligado al Gobierno español a desactivar también temporalmente el control previo del Ministerio de Hacienda sobre el gasto ministerial para agilizar así la respuesta del Gobierno a la crisis sanitaria y económica desencadenada por el coronavirus.

La medida se activó de manera discreta tras el Consejo de Ministros del pasado martes día 17 y se ha desarrollado mediante una Resolución de la Intervención General del Estado que habilita -según el 'garantista' modelo previsto en la Ley General Presupuestaria- a aplicar el modo de 'control financiero permanente' en sustitución de la 'función interventora' en los actos de la Administración General del Estado, organismos autónomos vinculados a la misma y servicios generales y entidades colaboradoras de la Seguridad Social.

¿Qué significa esto? Según altos funcionarios de la IGAE, lo que implica a grandes rasgos es que el sistema de control del gasto 'ex ante' por el que la Intervención General del Estado evalúa antes de autorizar un gasto asuntos esenciales como la existencia de un crédito presupuestario que lo respalde, la competencia del departamento que lo propone para ponerlo en marcha o la sujeción del gasto en cuestión a la normativa presupuestaria española y europea, se sustituye por un modelo de control a posteriori, en el que la IGAE evalúa el gasto en que se ha incurrido y puede formular posteriormente recomendaciones para que el departamento corrija los defectos encontrados.

El modelo de control a posteriori aprobado por el Gobierno agiliza la disposición que cada ministerio puede hacer de los créditos presupuestarios asignados a su departamento, ya que se salta un trámite no siempre sencillo como es la revisión previa de la Intervención General, en la que no es extraño que se detecten lagunas formales que obligan a subsanar determinados defectos antes de que se autorice el gasto, según las fuentes consultadas, pero también agrieta el 'garantismo' del procedimiento y eleva el riesgo de que se dé trámite a algún expediente de gasto sin cumplir todos los requisitos legales.

Una medida excepcional para un momento excepcional

Fuentes del Ministerio de Hacienda aclaran que se trata de una medida excepcional 'forzada' de alguna manera por las singulares necesidades de agilización del gasto público que ha generado la crisis del coronavirus, por la necesidad de crear en tiempo récord medidas de soporte social para los trabajadores, profesionales y empresas afectadas por la crisis y también por la necesidad de disponer con rapidez de los créditos presupuestarios para poder ampliar capítulos de gasto o abordar la compra por la vía de urgencia de materia sanitario.

El texto de la resolución dictada por Hacienda subraya que se trata de una medida que se adopta "de forma temporal y excepcional" y que responde a la necesidad de dar respuesta a "la situación y los efectos derivados del Covid-19". También aclara que este esquema no aplicará de forma discrecional sobre todo el gasto público sino de forma parcial "en aquellos tipos de expedientes de gasto y, en su caso, en aquellos órganos y organismos que se determinen, o respecto de toda la actividad del organismo o de algunas áreas de gestión, en aquellos organismos autónomos en los que la naturaleza de sus actividades lo justifique", una condicionalidad y un perímetro que está pendiente de determinar..

Mostrar comentarios