Esto dice la regulación

La multa que puede ponerte la DGT si conduces de baja laboral o enfermo

Atendiendo a los artículos 17 y 18 del Reglamento General de Circulación, los agentes de tráfico pueden considerar que el conductor no se encuentra en condiciones de llevar el vehículo por su afección.

Conducir si estás enfermo o de baja laboral.
Conducir si estás enfermo o de baja laboral.
©[Gustavo Fring] a través de Pexels

Cuando un trabajador sufre un accidente laboral o cae enfermo y debe pasar varios días en casa por imposibilidad de ejercer sus funciones, lo más habitual es solicitar una baja médica. Hasta ahora, el afectado tenía 24 horas para trasladar a su empresa este documento, pero un cambio en la regulación eximirá al empleado de entregar la baja médica.

La normativa se aprobó a finales de 2022 en el último Consejo de Ministro del año, con el objetivo de modificar la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración. De este modo, los trabajadores que ahora se pongan enfermos o tengan que solicitar un parte de baja, no tendrán la obligación de entregar este documento, sino que la comunicación entre el médico o la mutua y el Instituto Nacional de la Seguridad Social será telemática.

Sin embargo, estar de baja no significa que el trabajador pueda seguir con su vida diaria de manera habitual, puesto que algunas actividades podrían afectar negativamente a su recuperación. Eso fue precisamente lo que le ocurrió a una cajera de un supermercado a la que despidieron después de subir vídeos a TikTok mientras estaba de baja laboral por una lumbalgia. Esta no es la única actividad susceptible de ser calificada como incompatible, conducir puede suponer una multa por parte de la DGT, además de perder el subsidio de incapacidad.

El precio al que asciende la multa por conducir enfermo

Esta sanción puede estar motivada por el incumplimiento de los artículos 17 y 18 del Reglamento General de Circulación, siempre que los agentes de tráfico consideren que el conductor no se encuentra en condiciones de llevar el vehículo por su afección. 

Según la normativa: "los conductores deberán estar en todo momento en condiciones de controlar sus vehículos o animales". Asimismo, como señala el artículo 18: "está obligado a mantener su propia libertad de movimientos, el campo necesario de visión y la atención permanente a la conducción, que garanticen su propia seguridad, la del resto de los ocupantes del vehículo y la de los demás usuarios de la vía". Esto podría verse afectado en caso de enfermedades comunes como la gripe, donde es habitual tener tos, estornudos o incluso malestar que no nos permita estar completamente atentos a lo que ocurre en la carretera.

Desde Autobild advierten que la vulneración de esta ley puede multarse con sanciones de 80 euros, aunque recordemos que no están tipificadas como tal en el reglamento. Lo que sí se indica que es las infracciones leves tendrán una multa de hasta 100 euros, mientras que las graves serán de 200 euros y las muy graves de hasta 500 euros.

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